Libro: Estado, pensamiento crítico y políticas públicas LIBRO IIESES 2018 | Page 252

252 1. El catálogo de sujetos obligados es más amplio y puntual, además del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y ayuntamientos, incluye a las entidades paramunicipales creadas por dos o más ayuntamientos, organismos autónomos, partidos políticos, agrupaciones y asociaciones políticas con registro en el Estado y organizaciones de la sociedad civil que reciban recursos del Estado. 2. Se amplían las obligaciones de transparencia, las cuales pueden clasificarse como normativas, organizacionales, financieras, de resultados y de función específica. 3. Se establecían como límites de la transparencia, la información clasificada como reservada o confidencial, además de señalar de manera más clara los conceptos y causales de clasificación. 4. El nexo con la ciudadanía es la Unidad de Acceso a la Información Pública y se establece la obligación de profesionalizar a sus titulares, para proporcionar una atención digna a las personas que requieran información o la protección de sus datos personales. 5. Se establece la obligación de instaurar en cada sujeto obligado un Comité de Información de Acceso Restringido, el cual únicamente tendrá atribuciones para confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información. 6. Se crea un órgano autónomo, denominado Instituto Veracruzano de Acceso a la Información, encargado de garantizar y tutelar el ejercicio del derecho de acceso a la información y proteger los datos estrictamente personales. Este ente de gobierno tiene atribuciones para emitir lineamientos en materia de transparencia, acceso a la información y archivo; así mismo está facultado para supervisar a los sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones y emitir sanciones en caso de incumplimiento. 7. Existe un procedimiento claro para realizar las solicitudes de acceso a la información pública y prevé el recurso de revisión como medio impugnación a las respuestas otorgadas por los sujetos obligados. Cabe hacer mención que se privilegian el uso de los medios electrónicos, en aras de hacer más ágil los procesos. 8. Se establece de manera puntual las causales de responsabilidad administrativa.