LIBRO BLANCO Libro Blanco 20 Nov 2017 | Page 94

conjunta de las operaciones militares en forma eficaz y eficiente, desde el más alto nivel de deci- sión estratégica, mediante la integración de sus capacidades y medios. En época de paz, se imparte instrucción con- junta a los oficiales en las escuelas superiores de guerra y se entrena a las fuerzas mediante ejerci- cios y maniobras conjuntos. El empleo conjunto de las Fuerzas Armadas re- quiere de su interoperabilidad, es decir, debe existir homogeneidad de sistemas y estandariza- ción de procedimientos entre las distintas unida- des o fuerzas que permitan emplearlas de mane- ra eficiente. 92 Asimismo, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas coordina con las entidades públicas y privadas sobre los aspectos referidos a su parti- cipación en el desarrollo económico y social del país, en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, acciones cívicas y, en general, en as- pectos vinculados al ámbito de su competencia. Los órganos de línea del Comando Conjuntos de las Fuerzas Armadas son los responsables de proponer, ejecutar y evaluar las políticas y fun- ciones a cargo del Comando del Conjunto. Estos órganos son de dos tipos: Comandos Operacio- nales y Comandos Especiales. Según el Decreto Supremo N.º 007-2016-DE, que reglamenta el Decreto Legislativo N.º 1136 (Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas), se indica que: • Los Comandos Operacionales tienen carác- ter permanente y son los encargados de las operaciones de responsabilidad del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Cuentan con una misión, estructura, ámbito geográfico y composición conjunta. Tienen como función planear, ejecutar y conducir operaciones y ac- ciones militares conjuntas en el ámbito de su responsabilidad. Tienen a su cargo fuerzas y unidades subordinadas de una o más institu- ciones de las Fuerzas Armadas, las cuales son determinadas por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el cumplimiento de las tareas que se le asignen. Su área de responsabilidad se distribuye ade- cuadamente en todo el territorio nacional, in- cluyendo el mar territorial y el espacio aéreo nacional. Los Comandos Operacionales reciben los me- dios necesarios de las instituciones de las Fuer- zas Armadas para la conformación y sosteni- miento de sus componentes en operaciones. Su misión, activación, desactivación y asigna- ción de fuerzas son establecidas por el Presi- dente de la República a propuesta del Ministro de Defensa. Asimismo, dependen del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y mantienen relaciones de coordinación con los órganos y unidades orgánicas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas así como con las institu- ciones de las Fuerzas Armadas. • Los Comandos Especiales tienen carácter temporal para cumplir tareas específicas y son encargados de planear, ejecutar y condu- cir operaciones y acciones militares conjuntas en el ámbito de su responsabilidad. Tienen a su cargo fuerzas y unidades subordinadas de una o más instituciones de las Fuerzas Ar- madas, las cuales son determinadas por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el cumplimiento de las tareas que se le asignen.