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ARTICULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA
La Política de Seguridad y Defensa Nacional ha
establecido tres objetivos que se desarrollan en
varias dimensiones a través de lineamientos, los
que serán incorporados en primer término en
las políticas y planes sectoriales (articulación ho-
rizontal), y luego, en las políticas y planes regio-
nales y locales (articulación vertical).
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Así como la Ley Orgánica de Gobiernos Regio-
nales establece que las políticas de los gobiernos
regionales deben guardar concordancia con las
políticas nacionales de Estado; de la misma for-
ma, la Ley Orgánica de Municipalidades aprue-
ba sus políticas locales en concordancia con las
políticas, normas y planes regionales, sectoriales
y nacionales. De esta forma se configuran los
mecanismos generales de coordinación, lo que
permitirá la ejecución, en forma ordenada y pla-
nificada, de la Política de Seguridad y Defensa
Nacional en los ámbitos subnacionales.
Para su articulación vertical y horizontal se iden-
tifica el lineamiento de política que se implemen-
tará (considerando su etapa de socialización).
Su relación con los sectores se da a través de las
competencias y funciones atribuidas por su ley
orgánica (nacional, regional y local).
Identificado el sector responsable del lineamien-
to, a través de la articulación vertical, se identifi-
ca al gobierno subnacional (territorial), como se
demuestra en el esquema de la página siguiente.
Identificadas las fases de articulación de la Políti-
ca de Seguridad y Defensa Nacional, correspon-
de estructurar su proceso de implementación.
Para este diseño se ha considerado el proceso
interno y externo del desplazamiento de la políti-
ca, dependiendo de los actores responsables de
su ejecución.
El Decreto Legislativo N.° 1129, que regula el
Sistema de Defensa Nacional, establece, en su
artículo 15°, que las entidades que conforman el
Sistema de Defensa Nacional deben contar con
Oficinas de Seguridad y Defensa Nacional, que
dependen de la más alta autoridad de su entidad.
Actualmente, se tiene implementada en los mi-
nisterios, organismo adscritos y gobiernos regio-
nales, Oficinas de Seguridad y Defensa Nacional
- OSDENA, muchas de las cuales dependen de
la Secretaría General de los ministerios u orga-
nismos públicos y muy pocas dependen del titu-
lar del pliego de cada entidad pública.
El Decreto Supremo N.° 037-2013-PCM, que
aprueba el Reglamento el Sistema de Defensa
Nacional, establece las funciones de las OSDE-
NA; siendo estas las encargadas de asesorar a
la Alta Dirección de sus entidades en el planea-
miento, programación, ejecución y supervisión
de la política y estrategias de Seguridad y De-
fensa Nacional, en el ámbito de su competen-
cia. En este sentido, las OSDENA cumplen una
importante labor de articulación al interior de
los ministerios, organismos públicos y gobiernos
subnacionales, debiendo proponer la inclusión
en los planes sectoriales, planes de desarrollo
concertado y planes estratégicos, según corres-
ponda, las acciones relacionadas a la Seguridad
y Defensa Nacional que deriven de los procesos
del Sistema, es decir, deben articular las Políti-
cas de Seguridad y Defensa Nacional aprobadas
en los Planes Estratégicos Sectoriales/Regionales
Multianuales (PESEM) de los sectores y gobier-
nos sectoriales.