Leyes del Ajedrez
11.9
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Un jugador tiene derecho a solicitar al árbitro una explicación de cualquier punto de las
Leyes del Ajedrez.
11.10 A menos que las reglas de la competición especifiquen lo contrario, un jugador puede
apelar contra cualquier decisión del árbitro, aunque el jugador haya firmado la planilla
(véase el Artículo 8.7).
Artículo 12: El papel del árbitro (ver el Prólogo)
12.1
El árbitro velará por que se cumplan estrictamente las Leyes del Ajedrez.
12.2
El árbitro deberá:
a)
garantizar el juego limpio.
b)
actuar en el mejor interés de la competición.
c)
asegurarse de que se mantiene un buen ambiente de juego.
d)
asegurarse de que los jugadores no sean molestados.
e)
supervisar el desarrollo de la competición.
f)
tomar medidas especiales en los casos de los jugadores con discapacidad y de las
personas que necesitan atención médica.
12.3
El árbitro observará las partidas, especialmente cuando los jugadores estén apurados de
tiempo, exigirá el cumplimiento de las decisiones que haya adoptado y, cuando
corresponda, impondrá sanciones a los jugadores.
12.4
El árbitro puede nombrar ayudantes para observar las partidas, por ejemplo, cuando hay
varios jugadores apurados de tiempo.
12.5
El árbitro puede conceder tiempo adicional a uno o ambos jugadores en caso de desorden
ajeno a la partida.
12.6
El árbitro no puede intervenir en una partida excepto en los casos descritos en las Leyes
del Ajedrez. No indicará el número de movimientos completados, excepto en aplicación
del Artículo 8.5 cuando al menos una de las banderas haya caído. El árbitro se abstendrá
de informar a un jugador de que su adversario ha realizado un movimiento o de que no ha
pulsado su reloj.
12.7
Si alguien observa una irregularidad, sólo puede informar al árbitro. Los jugadores de otras
partidas no pueden hablar acerca de o interferir de ningún modo en una partida. Los
espectadores no están autorizados a intervenir en una partida. El árbitro puede expulsar a
los infractores del recinto de juego.
12.8
Está prohibido para cualquiera el uso de teléfonos móviles o de cualquier otro dispositivo
de comunicación en el recinto de juego y en cualquier otra zona contigua designada por el
árbitro, salvo que cuente con su autorización.
12.9
El árbitro puede aplicar las siguientes sanciones:
a.
FIDE
una advertencia;
Julio - 2014