Lex Scripta Octubre 2019 | Page 20

LEGISLACIÓN LEY GARROTE, Por: Emilio Espinosa ¿en contra de la libertad de expresión? El 29 de julio del presente año, se aprobó una reforma a los artículos 299, 306, 307 y 308 del Código Penal del Estado de Tabasco y se le adicionaron los artículos 196 BIS y 308 BIS, la cual entró en vigor el 1 de agosto. Estas modificaciones fueron informalmente nombradas como “Ley Garrote”. Con esta reforma, se busca combatir eventuales bloqueos al libre tránsito o acciones que obstaculicen la ejecución de obras públicas y privadas, siendo estas acciones tipificadas como delitos en esta entidad. Por otro lado, se añade que se establecerá una pena de hasta 20 años de prisión para quienes extorsionen y bloqueen empresas públicas privadas. considera incompatible con el derecho constitucional a manifestarse y protestar sobre las acciones gubernamentales o las consecuencias que una obra pueda generar sobre una comunidad específica. Este derecho fundamental es reconocido por el artículo 6 de la Constitución, el cual reconoce a todos los mexicanos el derecho de la libre manifestación de las ideas. Incluso, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) expresó su preocupación por la publicación de la nueva “Ley Garrote” del estado de Tabasco, ya que puede interferir con el derecho a la libertad de expresión. Mediante una carta, firmada por los relatores especiales de la libertad de opinión, expresión y de derechos humanos, la ONU calificó como “preocupantes” las modificaciones hechas a los artículos antes mencionados de la legislación penal de este estado. Asimismo, busca recordar al gobierno de Tabasco los compromisos internacionales adquiridos para garantizar, proteger y promover los derechos humanos. Una de las cuestiones más Esta reforma ha generado mucha polémica y descontento entre diversos sectores de la población, ya que se considera que lo que se está buscando con estas modificaciones, es castigar a quienes realicen modificaciones dentro de esta entidad. Algunos consideran que esta nueva legislación tiene una redacción muy ambigua, por lo que se le 17