CASOS
VOCES
CALLADAS
A LA
FUERZA
Por: Daniela Bautista
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha
reconocido de manera reiterada la relevancia y trascendencia
social de la labor que desempeñan periodistas, comunicadores y
personas defensoras de derechos humanos. A pesar de ello, en
México su actividad ha sido sistemáticamente obstaculizada por
medios diversos en los que la censura, ya sea directa o indirecta, la
estigmatización y el descrédito de su labor, han afectado de
manera profunda y sensible a quienes ejercen tales derechos,
colocándolos en una situación de vulnerabilidad que es preciso
atender de manera prioritaria. (s.f).
Los derechos a la libertad
de expresión, libertad de imprenta,
libertad de conciencia y libertad de
difusión de las ideas comprenden
el derecho a pensar y creer
conforme a las ideas y
convicciones propias; buscar,
difundir y recibir información e
ideas en diferentes medios de
comunicación, ya sean escritos,
impresos, orales, audiovisuales,
digitales, o cualquier otro tipo de
contenido, sin ser sujetos a
censura, a menos de que esta se
establezca por la ley y no afecte los
derechos de un tercero. Si bien
estos derechos son garantizados
por la Constitución Política de los
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