Lex artis:
Viene del latín “ley del arte”, el cual hace referencia al actuar de un profesional, su técnica al momento de hacer las cosas. Se define como la aplicación de las reglas generales médicas y actuación objetiva conforme a un cuidado que debe realizarse. Para realizarse de forma correcta la lex artis debe tener los siguientes elementos: que el médico aplique la técnica de forma correcta, que respete las normas deontológicas (plantea los deberes y derechos de los diferentes profesionales),y que presente moral profesional.
¡Secreto Profesional!
Obligación por ley de mantener en confidencialidad la información que se ha recibido de los pacientes. Este secreto es a causa de generar un grado de confianza. La confidencialidad se basa en el respeto a la intimidad del cliente. La única razón justificada para violar el secreto, es cuando el profesional se encuentra frente a una situación de peligro para la salud pública, o la vida de un tercero esté en riesgo y se encuentre obligado a divulgar el secreto.
El secreto profesional puede ser visto desde el ámbito moral y legal:
-Moral: Persona tiene como deber guardar el secreto dado por el cliente, si este al ser divulgado causa daño nocivo o injusto sobre el cliente.
- Legal: Esta obligación de guardar el secreto, está regida por la mayoría de las legislaciones.
Clasificación de secreto profesional:
- Secreto natural: Independiente de cualquier contrato, el secreto no puede ser divulgado.
- Secreto prometido: Por contrato, se acuerda guardar silencio sobre el hecho, ya sea por casualidad, investigación personal, o por confidencialidad provocada o espontánea.
- Secreto confiado: Promesa explícita o implícita hecha antes de que el secreto oculto. A cambio el cliente espera ayuda o un consejo.
Respeto a la intimidad del paciente
Confianza
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