Legislación en Enfermería 1 | Page 15

3.Inciso 3º: “Rol propio enfermería":

El o la profesional de enfermería enmarca su quehacer de enfermería a aquellos servicios que comprenden la gestión del cuidado, en todo aquello que se desprenda de la promoción, mantención y restauración de la salud. Junto con ello, se asocia al conjunto de servicios de enfermería, toda acción que derive del diagnóstico y tratamiento médico. Finalmente, el deber de enfermería, tomando en cuenta todo lo anterior, se termina por definir en cuanto el/la profesional es quien se encarga de la mejor administración de los recursos asistenciales, en pro de una mejor y más efectiva atención de salud.

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