Marco ético y jurídico que rige la profesión de enfermera(o)
1.La enfermera y las personas: La enfermera tiene la responsabilidad de atender a todas las personas que lo requieran. Sin embargo, puede abstenerse a participar en procedimientos reñidos con sus convicciones, dando el aviso correspondiente. Siempre tiene que respetar los derechos humanos, valores, costumbres y creencias espirituales de las personas. La enfermera debe guardar el secreto profesional siempre y cuando no ponga en riesgo la vida o salud de su paciente o de las demás personas. Por último la enfermera debe verificar que su paciente y familiares reciban la información suficiente para tomar decisiones acerca de los cuidados o tratamientos.
2.Enfermera y ejercicio de enfermería: La enfermera es responsable de los cuidados de enfermería que ella o los miembros de su equipo proporcionan a las personas y debe rendir cuenta de ello. La enfermera es responsable de mantener su competencia y la competencia de los miembros de su equipo. La enfermera debe mantener un nivel de salud personal que garantice cuidados de enfermería seguros. Debe velar también por el nivel de salud de los miembros de su equipo y promover conductas de autocuidado para un mayor bienestar. La enfermera debe observar conductas personales que acrediten a la profesión y logren la confianza del público. La enfermera debe abogar por el uso de avances científicos y tecnológicos compatibles con la seguridad, la dignidad y los derechos de las personas. La enfermera comparte con la sociedad la responsabilidad de iniciar y apoyar acciones para satisfacer las necesidades de salud y sociales de la población, en particular aquellas necesidades de grupos vulnerables. La enfermera debe velar por un entorno laboral libre de riesgos para ella y miembros de su equipo.
3.Enfermera y profesión: La enfermera debe establecer y aplicar normas aprobadas de práctica clínica, gestión, investigación y formación en enfermería. La enfermera debe realizar investigación a fin de mejorar la calidad de los cuidados de enfermería. La enfermera debe abstenerse de participar en investigaciones que no respete los derechos de las personas. La enfermera debe afiliarse a su organización profesional responsable de elevar el nivel de la enfermería, de la protección económica y social de sus miembros y de estimular a la sociedad en acciones encaminadas a satisfacer sus necesidades de salud.
4.Enfermera y personal de salud: La enfermera debe establecer una relación de respeto y lealtad con sus colegas enfermeras y con el personal técnico de enfermería. La enfermera debe mantener una relación armónica con lo demás profesionales y técnicos del sector Salud, basada en el mutuo respeto y en la colaboración para promover el mejoramiento de la salud de la población, que constituye su meta común.
ÉTICO: