La internacionalización de la empresa y el plan de exportación enero 2014 | Page 172

172 Certificado de deposito previo a la importacion. Warehouse Garrant Certificat de Dépôt Su presentación se exige en los casos en que la existencia de depósito previo obligue a haberlo realizado antes de despachar la mercancía de importación. El Banco Central entrega al importador en estos casos un certificado que acredita haber hecho el depósito exigido. Su exigencia depende de la legislación de cada país. Certificado sanitarios, fitosanitarios, zoo-sanitarios, ictiosanitarios. Las autoridades aduaneras de ciertos países autorizan solamente la entrada de algunas mercancías, previo pase de un examen sanitario. El laboratorio de la aduana (u organismo autorizado) expide, caso de encontrar la mercancía en perfecto estado respecto a su legislación, un certificado que deberá adjuntarse a la declaración de importación para poder realizar el despacho de las mercancías. En Venezuela, el registro sanitario es obligatorio para todos los productos que estén destinados al consumo humano. Es el caso de los alimentos procesados, bebidas, medicamentos y cosméticos. Para comercializar este tipo de productos en el mercado interno o el externo es obligatorio el registro ante el MSAS. El Certificado Fitosanitario es el documento que se exige para los productos de origen vegetal y se obtiene en el Ministerio de Agricultura y Tierras. El Certificado Zoo-Sanitario es el documento exigido para la exportación de animales vivos y de productos y subproductos de origen animal. Certificado Ictiosanitario es el documento que se exige para la exportación de productos pesqueros y acuícolas. Declaracion de aduana. Customs Declaration - Déclaration en Douane Es el Documento presentado por el importador, o su agente, para el despacho (trámites aduaneros) de las mercancías. Su exigencia depende de la legislación de cada país. En Venezuela, este documento debe ser realizado y presentado por un Agente de Aduanas, debidamente inscrito. De acuerdo al Artículo 24 de la Ley Orgánica de Aduanas, la mercancía que debe exportarse tendrá que ser declarada en un plazo de máximo 5 días hábiles a partir de la fecha de su ingreso en la zona de almacenamiento. Otros documentos Registro de Exportadores: Necesario sobre todo para el control de cambio. Certificado de “Valor Agregado Nacional” (VAN): para determinar el porcentaje de insumos nacionales que posee el producto a exportar