LA FALSIFICACIÓN DE LA REALIDAD - NORBERTO CERESOLE La falsificación de la realidad WEB | Page 31

31
Norberto Ceresole
Corte Suprema de Justicia, Moshe Landau( en retiro). Aunque la Ordenanza habla de la prevención del terrorismo, los interrogatorios a incluir en el nuevo capítulo se refieren a " actividades contra la seguridad del Estado " y no sólo a actividades terroristas. Por lo tanto, esta cuestión incluirá necesariamente interrogatorios especiales-torturas- sobre judíos opositores al gobierno, los famosos " falsos judíos " ya definidos por el fundamentalismo religioso judío. Mientras que la comisión Landau habló de la posibilidad, en casos especiales, de una " presión física moderada " durante el tiempo del interrogatorio, el capítulo 12 de la Ordenanza amplía sin límites el tiempo de la tortura, ya que habla de " aplicación de presión sobre el individuo a interrogar " en casos especiales.
Como ya se ha visto, en la enmienda a la Ordenanza se ha añadido un nuevo delito: " la omisión de pasar información( a las autoridades) que puede ayudar a prevenir un acto de terrorismo o prevenir la incitación al terrorismo ". Las personas que se consideren culpables de este delito serán condenadas a cinco años de prisión. Ese nuevo delito afectará a la población judía de Israel opositora del gobierno. Legalmente también los " falsos judíos " podrán ser " interrogados " sin límite de tiempo. Y todavía hay más, un elemento decisivo en la futura guerra civil judía: la persona encargada de fiscalizar las torturas no puede ser un empleado de este Servicio Secreto, el Shin Beth, sino que debe ser un funcionario nombrado por el primer ministro. El inspector dependerá directamente del primer ministro y de un Comité interministerial encargado de los asuntos del Shin Beth, compuesto por cinco miembros. En definitiva: el Shin Beth tendrá autorización para realizar cualquier acción " extraordinaria ", inclusive interrogatorios contra judíos opositores, o " falsos judíos "( Fuente: Haaretz, op. cit.)( 6).
La política interior argentina
Pero este libro tiene que ver, sobre todo, con la política interior argentina.
No sólo hay una " cuestión judía " en la Argentina. La " cuestión judía " tiene profundas raíces sociales y amenaza con convertirse en el tema central dentro del largo proceso de crisis que vive ese país.
La " cuestión judía " en la Argentina, entendida como epicentro y síntesis final de todas sus crisis, no se origina en un supuesto " antisemitismo " instalado en su sociedad, sino en agresiones concretas realizadas por una comunidad nacional, étnica y religiosa extranjera, instalada en su seno. La comunidad judía residente en la Argentina es un cuerpo extraño, con lealtades esencialmente diferentes a la de las " gentes de la tierra ". Es un factor agresivo para todo lo que es argentino.
Toda la historia de la " modernidad " argentina, desde los años 80 del siglo XIX, se basó en el principio de que esa sociedad " nueva " era un " crisol de razas ". El