la convencion sobre los derechos del niño, 1989
Para 1989, precedida por otras declaraciones, convenciones y pactos sobre reconocimiento de derechos civiles, la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual fue minuciosamente elaborada durante diez años (1979-1989) con la colaboración de los representantes de todas las sociedades, todas las religiones y todas las culturas.
La Convención recoge, los derechos humanos de todos los niños y niñas menores de 18 años, reforzando los derechos de la infancia, y sustentando como instrumento jurídico una combinación única de virtudes, al subrayando y defendiendo la función de la familia en la vida de los niños, a la obligación de los Estados, la responsabilidad de los padres en materia de atención a sus hijos; a fomentar el respeto de la infancia; a apoyar el principio de no discriminación y, finalmente, a establecer claras obligaciones por parte de los Estados Partes.
Además, crea la Convención, el Comité de los Derechos del Niño, que, aunque criticado, por no tener fuerza coercitiva con respecto a los Estados Parte,
como ocurre con otros órganos de vigilancia, garantía y seguimiento de otros tratados internacionales, cumple una serie de funciones muy adecuadas para ver la evolución y la puesta en práctica de la Convención, como son:
• Satisfacción de las necesidades básicas de la infancia: Atención salud y servicios médicos, seguridad social, nivel de vida, educación y desarrollo de la personalidad y juego
• Garantía de los derechos civiles y políticos: Nombre y nacionalidad, libertad de expresión, de pensamiento, conciencia religión, asociación, opinión del niño, protección a la vida privada, participación, de acuerdo con su capacidad y desarrollo.
• Colaboración con la familia respetando sus derechos y obligaciones: Dirección y orientación de padres y madres para el ejercicio de los derechos del niño, separación de padres y madres, la reunificación familiar.
• Protección y atención a los niños y niñas en situaciones vulnerables y contra toda forma de explotación y violencia: Malos tratos, explotación laboral, tráfico de drogas, explotación sexual, venta o trata de niños, tortura y pena de muerte y Retención ilícita de niños, niños privados de medio familiar, adopción, niños refugiados, niños impedidos mental o físicamente, niños pertenecientes a minorías o poblaciones indígenas, conflictos armados, justicia del menor y reintegración social.