Al expirar el objeto por el cual fue creado el consorcio o la unión temporal, se debería proceder a su liquidación, conforme lo indica el artículo 112 del decreto 2649 de 1993 teniendo en cuenta los siguientes pasos:
CERTIFICACIONES Y ESTADOS FINANCIEROS
Liquidación
BIG MONEY
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Mensualmente el Contador Público del consorcio o unión temporal debe expedir una
certificación con destino a cada uno de los consorciados o miembros de la unión
temporal en la cual se indiquen los ingresos, costos y gastos totales y los que le
corresponden de acuerdo con su porcentaje de participación.
Elaborar y firmar el acta de liquidación entre consorciados o miembros de la unión
temporal.
Solicitar el paz y salvo por todo concepto ante la DIAN
Solicitar el paz y salvo por todo concepto a la caja de compensación familiar, SENA,
ICBF
Solicitar el paz y salvo por todo concepto por aportes al sistema de seguridad social
en salud, pensiones y riesgos profesionales.
Solicitar la cancelación del NIT y del RUT