Intervenciones en teoría cultural | Page 210

¿El multiculturalismo amerita ser defendido? 209 Pero no hay que remontarse a la documentación existente de hace más de dos décadas para sorprenderse con la ausencia del discurso del multiculturalismo que se maneja hoy en la academia, el Estado y las organizaciones sobre las ‘comunidades negras’ como grupo étnico con un territorio, una cultura y una identidad. Hoy mismo basta con viajar a cualquier río, estero o playa del Pacífico y conversar con sus habitantes para descubrir que el discurso de las ‘comunidades negras’ como grupo étnico no ha sido necesariamente apropiado o, más interesante aún, ha sido objeto de inusitadas amalgamas con representaciones e identidades locales. Incluso, si se escarba un poco en la superficie de su vocabulario, entre los mismos líderes de las organizaciones étnico-territoriales se hallan fácilmente estas interesantes amalgamas. El origen de la idea de ‘comunidades negras’ como grupo étnico con un territorio, unos derechos culturales y demás, se remonta cuando más a comienzos de los años ochenta en el medio Atrato. Hacia 1982 empiezan a darse una serie de procesos organizativos liderados por los misioneros que, para 1988, se articulan en la novedosa idea de que los campesinos en ese lugar ahora eran ‘un grupo étnico’ con unas características muy particulares como eran el territorio, las prácticas tradicionales de producción, la identidad y la cultura distinta a la de los otros colombianos. Y, más interesante aún, que estas ‘comunidades negras’ tenían ciertos derechos en nombre de esa diferencia cultural ancestral. Como ya habrán podido inferir quienes conocen esta historia, me estoy refiriendo a la constitución de la Asociación Campesina Integral del Atrato (ACIA), alimentada por las disputas por los permisos de estudios para la explotación madera en el medio Atrato.10 _______________ 10 Es en ese marco que se da el famoso Acuerdo de Buchadó (1987) donde invoca la idea de los bosques comunales y el Foro sobre Titulación de Tierras en San Antonio de Padua (1988) donde por vez primera se esgrime el Convenio 169 de la OIT como aplicable a los habitantes del medio Atrato.