¿El multiculturalismo amerita ser defendido?
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Pero no hay que remontarse a la documentación existente de
hace más de dos décadas para sorprenderse con la ausencia del
discurso del multiculturalismo que se maneja hoy en la academia,
el Estado y las organizaciones sobre las ‘comunidades negras’
como grupo étnico con un territorio, una cultura y una identidad.
Hoy mismo basta con viajar a cualquier río, estero o playa del
Pacífico y conversar con sus habitantes para descubrir que el
discurso de las ‘comunidades negras’ como grupo étnico no ha sido
necesariamente apropiado o, más interesante aún, ha sido objeto de
inusitadas amalgamas con representaciones e identidades locales.
Incluso, si se escarba un poco en la superficie de su vocabulario,
entre los mismos líderes de las organizaciones étnico-territoriales
se hallan fácilmente estas interesantes amalgamas.
El origen de la idea de ‘comunidades negras’ como grupo étnico
con un territorio, unos derechos culturales y demás, se remonta
cuando más a comienzos de los años ochenta en el medio Atrato.
Hacia 1982 empiezan a darse una serie de procesos organizativos
liderados por los misioneros que, para 1988, se articulan en la
novedosa idea de que los campesinos en ese lugar ahora eran
‘un grupo étnico’ con unas características muy particulares como
eran el territorio, las prácticas tradicionales de producción, la
identidad y la cultura distinta a la de los otros colombianos. Y,
más interesante aún, que estas ‘comunidades negras’ tenían ciertos
derechos en nombre de esa diferencia cultural ancestral. Como
ya habrán podido inferir quienes conocen esta historia, me estoy
refiriendo a la constitución de la Asociación Campesina Integral
del Atrato (ACIA), alimentada por las disputas por los permisos de
estudios para la explotación madera en el medio Atrato.10
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10 Es en ese marco que se da el famoso Acuerdo de Buchadó (1987) donde
invoca la idea de los bosques comunales y el Foro sobre Titulación de
Tierras en San Antonio de Padua (1988) donde por vez primera se esgrime
el Convenio 169 de la OIT como aplicable a los habitantes del medio Atrato.