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Informe sobre antisemitismo en la Argentina 2015
a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a
causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.
Dichos procesamientos fueron confirmados por la Cámara de
Apelaciones y posteriormente, en el año 2013, la causa fue elevada a
juicio, recayendo la misma en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal
nro. 1 de San Martín.
Luego de un largo período, el mencionado Tribunal Oral les concedió a los imputados G.B.S. y C.S.B. la suspensión del juicio a prueba.
Respecto del primero, fijó como pautas, la realización de un curso en el
Museo del Holocausto y la de efectuar una donación a una institución
de bien público israelita; y en relación al segundo, le ordenó participar
de un curso anual sobre la temática.
Consideramos que esta decisión de ordenar la realización de seminarios sobre la temática a los autores de estos delitos, es sumamente
importante, para que aquéllos comprendan lo terribles que fueron los
padecimientos de pueblos como el judío, a causa de ese tipo de ideas.
Por su parte, H.P.K., fue condenado a 1 año y dos meses de prisión
efectiva en virtud de un juicio abreviado, pena que se acumuló a otra
que tenía el nombrado.
De este modo, la DAIA pudo participar e interceder como parte
en cada una de las etapas del proceso, que culminó en este 2016 de un
modo favorable a los intereses de la comunidad.
Es importante que este tipo de hechos, que buscan alentar el odio
hacia otras personas por motivos discriminatorios e imponer ideas de
superioridad racial, tal como en la triste época de vigencia del Régimen
Nazi, no queden impunes.
Por eso, desde la DAIA, se busca combatir este tipo de actos, individualizando a sus responsables, colaborando en las investigaciones, y
participando en la búsqueda de justicia, que como vimos, siempre llega.