XLIV ASAMBLEA NACIONAL ORDINARIA
LINEAMIENTOS RESPECTO DE LA CREACION, ORGANIZACIÓN Y OP- ERACIÓN DE LOS GRUPOS GUIAS Y SCOUTS
PRIMERO Definición de Grupo Guía y Scout
El Grupo Guía y Scout es la célula básica de la Asociación, donde se aplica el Programa Educativo Vigente para sus miembros juveniles por parte de Adultos comprometidos. SEGUNDO Sobre los diferentes tipos de Grupo Guía y Scout, según el modelo de organización
Según su estructura organizacional, podrán existir dos clases de Grupo: Grupo Guía y Scout Clásico( Tradicional, habitual, Común) y Grupo Guía y Scout Asociado( Diferido, No tradicional, Novedoso).
El Grupo Guía y Scout Clásico es el que responde a un modelo habitual, y que, sin personería jurídica, forma parte de la estructura organizacional de la Asociación.
Por razones administrativas o de conveniencia del entorno social un Grupo Guía y Scout podrá tener una o más secciones y ser abierto o cerrado( entendido esto último como un grupo promovido por un Centros Educativo, Iglesia, Asociación, Empresa, etc.)
El Grupo Guía y Scout podrá ser cerrado( que admite solamente a personas directamente relacionadas con la organización patrocinadora) o abierto( que admite tanto a personas relacionadas con la organización patrocinadora como a personas de afuera)
TERCERO Sobre la organización interna del Grupo Guía y Scout que nace por un convenio
El Grupo Guía y Scout tendrá el modelo de organización que se establezca en el convenio que la entidad patrocinadora suscriba con la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica. Este tipo de convenios tendrán como cláusula no negociable que todos sus miembros, juveniles o adultos, deben estar dispuestos a cumplir la Ley Guía y Scout( véase el art. 4 de la Ley Constitutiva) y el capítulo de Principios de la Asociación y que en el Grupo se aplicará el Programa Educativo oficial de la Asociación, adaptado a las circunstancias tales como la cantidad de secciones, la periodicidad de las reuniones, los períodos activos y de vacaciones, algunos elementos de identificación y signos externos del uniforme etc. En dichos convenios también se establecerán las cláusulas que resulten pertinentes respecto de las obligaciones que adquieren los miembros
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INFORME CONSOLIDADO 2016-2017