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prácticas de las diferentes organizaciones,
lo que hemos denominado Redes por el
Voto Plural, con el propósito de
posibilitar la participación de los
ciudadanos con sus ideas y con su
respaldo; vamos creando, asimismo, un
Grupo de Observadores Internacionales
que participarán en diferentes procesos
electorales alrededor del mundo para
acopiar las experiencias de los diferentes
sistemas electorales pluralistas. Esta
narrativa describe una estrategia de
Consenso Constitucional en marcha o en
proceso para la reforma del sistema
político y la reinvención de un Estado
moderno sobre la base del Estado de
Derecho, las libertades fundamentales y la
democracia deliberativa como aceite y
herramienta de una democracia fuerte.
Consenso Constitucional prosigue.
Notas del Editor
* El artículo 137 establece ya un
mecanismo de ejercicio directo al
subordinar las reformas sustanciales de la
Constitución al referendo popular, amén
de que la expresión clásica de tal ejercicio
es el voto popular, por el cual se eligen
tanto los diputados a la Asamblea
Nacional como los delegados a las
Asambleas Municipales. Estos últimos
aprueban o rechazan las candidaturas de
aquellos. El propio dictador Fidel Castro
precisó cómo el pueblo podría revocar el
socialismo “irrevocable” (Cf. Biografía a
dos voces, Debate, 2006, página 555).
**
La
Comisión
de
Asuntos
Constitucionales y Jurídicos de la
Asamblea Nacional (AN) aclaró ya, en su
respuesta del 1ro de noviembre de 2002 al
Proyecto Varela, que el Derecho vigente
no reconoce “la recolección de firmas,
cualquiera que fuese su número, para
promover la iniciativa legislativa”
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