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prácticas de las diferentes organizaciones, lo que hemos denominado Redes por el Voto Plural, con el propósito de posibilitar la participación de los ciudadanos con sus ideas y con su respaldo; vamos creando, asimismo, un Grupo de Observadores Internacionales que participarán en diferentes procesos electorales alrededor del mundo para acopiar las experiencias de los diferentes sistemas electorales pluralistas. Esta narrativa describe una estrategia de Consenso Constitucional en marcha o en proceso para la reforma del sistema político y la reinvención de un Estado moderno sobre la base del Estado de Derecho, las libertades fundamentales y la democracia deliberativa como aceite y herramienta de una democracia fuerte. Consenso Constitucional prosigue. Notas del Editor * El artículo 137 establece ya un mecanismo de ejercicio directo al subordinar las reformas sustanciales de la Constitución al referendo popular, amén de que la expresión clásica de tal ejercicio es el voto popular, por el cual se eligen tanto los diputados a la Asamblea Nacional como los delegados a las Asambleas Municipales. Estos últimos aprueban o rechazan las candidaturas de aquellos. El propio dictador Fidel Castro precisó cómo el pueblo podría revocar el socialismo “irrevocable” (Cf. Biografía a dos voces, Debate, 2006, página 555). ** La Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional (AN) aclaró ya, en su respuesta del 1ro de noviembre de 2002 al Proyecto Varela, que el Derecho vigente no reconoce “la recolección de firmas, cualquiera que fuese su número, para promover la iniciativa legislativa” 109