Historia del Mercado de Tortosa LLIBRE+MERCAT+DE+TORTOSA+FINAL | Page 150

modificada por el referido Ayuntamiento en el caso que el concesionario reclame mayor suma por el coste de la obra en las condiciones que la he ejecutado, toda vez que, dicho Mercado ha sido, según dice el expresado Ayuntamiento, construido con arreglo a un proyecto de modificación del que sirvió de base a la subasta; esta Dirección General, ha acordado, evacuando la consulta indicada, manifestar al expresado Ayuntamiento que para legalizar le recepción definitiva del Mercado, se atenga a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y que en el caso de no poderse verificar ésta por cualquier causa que estime ilegal, entregue el asunto a los Tribunales ordinarios a los fines oportunos, dando cuenta a esta Superioridad de lo que resuelva la Corporación Municipal mencionada. = Lo que digo a V.S. para conocimiento del Ayuntamiento de Tortosa y demás efectos, devolviendo el proyecto facultativo de la obra que remitió = Y con inclusión del expediente que esta lo traslado a V.S. a los efectos correspondientes. Tarragona 24 de Diciembre de 1888» Terminada la lectura de la presente comunicación, el Sr. Presidente hizo uso de la palabra, exponiendo ante la consideración del Ayuntamiento, que como se trataba de una cuestión legal, estimaba procedente proponer se acordara el nombramiento de tres abogados de este Colegio, para que estudiaran los antecedentes del asunto, informando respecto a la forma y condiciones en que ha de procederse a la recepción y liquidación del Mercado y cuales hayan de ser las disposiciones legales que para ello hayan de tenerse en cuenta y que en el caso de estimarse así por la Corporación, se permita indicar a los señores Letrados, Don Juan Balagué, Don Antonio Kíes y D. José Cañé, para que ilustren al Ayuntamiento en un asunto de tanta importancia. Pedida la palabra por el Señor Isuar, otorgada que le fue por la Presidencia, expuso a grandes rasgos la tramitación que había dado al expediente del alumbrado, haciendo constar nuevamente lo que en otra sesión había manifestado respecto al particular y que en su concepto no era procedente el nombramiento de Abogados, si no recibir el Mercado con arreglo a las bases aprobadas por la Superioridad y que en caso de aprobarse lo propuesto por el Sr. Presidente, entendía debía ampliarse el número de Abogados. Replicó el Señor Presidente, insistiendo en la conveniencia de acordarse el nombramiento de tres Abogados, para salvar así al Ayuntamiento en responsabilidades e interviniendo en la discusión el Concejal Señor González en apoyo a lo expuesto por el Sr. Presidente, después de rectificar brevemente el Sr. Isuar, se acordó designar a los señores Letrados de este Colegio Don Juan Balagué, Don Antonio Kíes y Don José Cañé para que, teniendo en cuenta los antecedentes del asunto se sirvan informar a la Corporación respecto a la forma, modo y condiciones en que ha de procederse en la recepción y liquidación definitiva del Mercado, consignando en el dictamen las disposiciones legales que han de tenerse en cuenta para proceder a la recepción y liquidación del expresado edificio. 1889 DIARIO DE TORTOSA - 1 de Enero de 1889 En la sesión que celebró ayer el Excelentísimo Ayuntamiento, se dio lectura del oficio siguiente, recibido en la Alcaldía el 25 de Diciembre último «El Ilustrísimo Sr. Director General de Administración Local, con fecha 20 del actual me dice lo siguiente: "Vista la instancia presentada por el Ayuntamiento de Tortosa, en la que consulta en que forma y de que modo ha de proceder el - 150 -