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ilícitos; en este concepto, el agiotaje, es semejante al reprobable negocio,
sucio y fraudulento...»
DIARIO DE TORTOSA – 28 de Agosto de 1888
Frente a la puerta lateral del Mercado, se estaba ayer arreglando por la brigada
Municipal, un paso adoquinado que, en los días de lluvia, librará de no pocas
molestias e incomodidades a las personas que visitan con frecuencia nuestra
plaza de Abastos.
LA VOZ DEL PROGRESO - 29 de Agosto de 1888
Se ha visto por Tortosa al arquitecto Elías Rogent, que se supone a venido por
la recepción definitiva del Mercado.
ACUERDOS – 3 de Septiembre de 1888
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Seguidamente se procedió a dar lectura de una proposición que, copiada
literalmente dice sí:
«Los Concejales que suscriben, teniendo en consideración que según lo
estipulado entre el Ayuntamiento y el “Banco de Tortosa” sobre construcción
del Marcado público de esta ciudad; y que con arreglo al mismo y a la fecha en
que se recibió provisionalmente dicha obra, procede practicar las oportunas
diligencias para la recepción definitiva con el fin de fijar la fecha en que ha de
empezar el plazo para la explotación definitiva del Mercado por la Sociedad
concesionaria. = Proponen al Excmo. Ayuntamiento, ordenar que el Arquitecto
Municipal, previo examen del Mercado, con arreglo a las Planos y demás
antecedentes que haya de tener presentes, certifique sobre la solidez de la
obra y condiciones de la misma para poderla recibir definitivamente desde
luego y proceder en su caso a lo que haya lugar en derecho. = V.E., no
obstante, acordará lo que sea mas procedente = Casas Consistoriales, tres de
Septiembre de mil ochocientos ochenta y ocho. J. Mirareis Ricota. B. Sanz.
Rabel Lledó.»
Terminada la lectura de la proposición transcrita, el Sr. Latge hizo uso de la
palabra, exponiendo ante la consideración del Ayuntamiento, que siendo un
asunto de tanta importancia la recepción definitiva del Mercado, proponía que
para evitar la responsabilidad que pudiera caber al Ayuntamiento, se acordase,
además del Arquitecto Municipal, el nombramiento de otros dos Arquitectos
que reconociesen el expresado edificio y certificasen acerca de sus
condiciones de solidez y seguridad para acordarse, en su vista, lo procedente.
Pedida la palabra por el Sr. Isuar, manifestó que por la importancia que
revestía el asunto de que se trataba, se hallaba conforme con lo que había
expuesto el Sr. Llatge y que estimaba procedente que entes de tomarse en
consideración la proposición presentada, él creía en el deber de hacer presente
a la Corporación que a tenor de las Bases del Contrato celebrado entre el
Ayuntamiento y la Sociedad “Banco de Tortosa” para la construcción del
Mercado y conforme a lo que establece la legislación vigente, la expresada
Sociedad, tenía el derecho de explotación durante el año de garantía, sin
ninguna limitación, así como la de percibir, la cantidad correspondiente en
concepto de gastos de conservación y reparación del indicado edificio, sin que
el Ayuntamiento pudiera tener intervención alguna, por no haberse recibido
definitivamente la obra y en su consecuencia que para llevar a ejecución el
contrato aún como por resultar en beneficio de los intereses municipales
entendía era conveniente que después de los trámites necesarios se
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