generalmente
tienen
nombramientos
permanentes; y gozan del
derecho a la estabilidad
laboral, por lo tanto, se le
deben respetar todos los
derechos constitucionales:
Al debido proceso:
a) Derecho de audiencia y
defensa;
b) Derecho ha ser oído y
vencido;
c) A no ser despedido o
destituido sin antes cumplir
las garantías pertinentes
Por
el
derecho
de
audiencia, el empleado
tiene derecho a conocer las
razones por las cuales está
siendo
procesado
y
sancionado; al igual, que el
mismo hecho de estar
siendo
perseguido
administrativamente
para
ser sancionado con una
destitución
o
con
un
despido; de lo contrario,
estaríamos ante un despido
de hecho, el cual podría
llegar a legitimar la acción
de Amparo Constitucional,
sin perder de vista que este
tiene carácter supletorio.
Los empleados públicos de
acuerdo al Art. 219 de la
Constitución
d