GUIA DIDACTICA DE LA SHOA 27 de enero de 2014 | Page 36

para los judíos de transitar las calles durante ciertos períodos del día y en determinadas áreas de las ciudades, así como la regulación, y en ocasiones la prohibición, del uso de los servicios públicos. 4. Identificación, la cual se llevó a cabo de las siguientes formas: a) con las tarjetas de identificación y los pasaportes, en los que, desde el 29 de septiembre de 1938, tenía que figurar la condición de judío del portador. b) mediante la asignación de nombres judíos. Por el decreto de 17 de agosto de 1938 se obligaba a los varones judíos a añadir a su nombre el de Israel, y a las mujeres, el de Sara. c) recurriendo a la marca externa. Esta medida, propuesta por primera vez en noviembre de 1938 por Reinhard Heydrich, jefe de la Oficina Central de Seguridad del Reich (RSHA) desde septiembre de 1939, y rechazada en ese momento por Hitler, fue aplicada sin embargo en Polonia, donde se consideraba que la prohibición del Führer no tenía vigencia. El 23 de noviembre de 1939 fue aprobado el Reglamento para la identificación de los judíos del Gobierno General, formado por los territorios polacos de Varsovia, Radom, Cracovia y Lublin, más la región de Galitzia desde el 1 de agosto de 1941 con la invasión de la URSS. Dicha orden obligaba a todos los judíos mayores de diez años a llevar en la manga derecha una banda con la estrella de David. En 1941, por decreto de 1 de septiembre, todos los judíos del Reich de seis años o más debían llevar en público una estrella de David con la palabra Jude. 5. Constitución de las instituciones administrativas judías como medida que completa este proceso hacia la implantación de los guetos. Su origen se encuentra en la conversión de la Federación de los judíos de Alemania ―a la que todos los judíos de religión del Antiguo Reich debían pertenecer, según decisión de los dirigentes judíos― en la Asociación del Reich de los judíos de Alemania desde febrero de 1939. El 4 de julio de 1939 se aprueba un decreto por el cual se impone la pertenencia a la Asociación a todas las personas clasificadas como judíos por las Leyes de Nuremberg, y no sólo las de religión judía. El Ministerio del Interior asignaría funciones adicionales a la Asociación. La consecuencia de esta medida fue que esta institución judía se convirtió en herramienta de la maquinaria nacionalsocialista de deportación de los judíos gestionada por judíos. 34 Guía didáctica de la Shoá