Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 354

que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de la autoridades públicas”. Es decir, que tiene por una parte la obligación de brindar una protección solidaria, a veces llamada humanitaria, cuyo fundamento es el art. 13 de la Constitución, y por otra, puede ser obligado a responder patri- monialmente por las consecuencias lesivas de los desastres por fenómenos físicos peligrosos, cuan- do se pueda demostrar que los daños, en todo o parte, de manera exclusiva o concurrente, han sido provocados por la acción o la omisión del Estado. Pese a dicha obligatoriedad del Estado, la falta de claridad en algunas normas, su in- terpretación por parte de los órganos judiciales y las debilidades en la defensa del Estado, han dado lugar a fallos controversiales, generando pasivos contingentes y aumentando la vulne- rabilidad fiscal de la nación. Existen muchos ejemplos donde los fallos de los jueces han res- ponsabilizado a los municipios a tomar acciones que se pueden considerar controversiales. Por ejemplo, la ciudad de Cali fue condenada a asu- mir la totalidad de la responsabilidad por la falla de un muro de contención en un edificio de es- trato 6 cuyos costos han superado los $10 mil mi- llones; por otro lado, un juez ordenó al municipio de Bogotá adelantar obras de mitigación en una zona que estaba en proceso de reasentamiento, luego de haber sido declarada como de alto riesgo no mitigable. El cumplimiento de este último fa- llo supera los $30 mil millones, y adicionalmente, se ha tenido que seguir avanzando con el reasen- tamiento de más de 3 mil familias porque la zona continúa bajo declaratoria de riesgo. En ausencia de una política previa o de mayor desarrollo normativo sobre la aten- ción a la población damnificada, el Estado ha estado obligado a tomar decisiones durante distintas crisis, lo cual ha generado trata- mientos diferenciales y consecuencias fiscales. Durante el proceso de reconstrucción después del desastre del Eje Cafetero, el Fondo para la Reconstrucción del Eje Cafetero (FOREC) ofreció subsidios de reparación a todas las viviendas afectadas sin importar el estrato so- cial. Esta decisión fue modificada posterior- mente por una orden judicial argumentando el derecho a la vida, lo que obligó al FOREC a reforzar estructuralmente las casas que es- taban siendo intervenidas. Adicionalmente, la decisión de llevar a las personas damnificadas a alojamientos temporales condicionó que el FOREC tuviera la necesidad de asignar subsi- dios para viviendas nuevas a todas las familias afectadas, incluyendo aquellas que previo a la ocurrencia del terremoto vivían en arriendo. Mientras que las resoluciones del gobierno con respecto a la atención del episodio de La Niña 2010-2011 están dirigidas principal- mente a la población de estratos 1 y 2, y a restablecer la prestación de los servicios que están a su cargo, procesos que actualmente desarrollan Colombia Humanitaria y el Fondo de Adaptación. El sector privado y la sociedad civil no son conscientes de su responsabilidad frente al conocimiento del riesgo, la generación, la reducción y el control del mismo, obligando a que el Estado asuma responsabilidades y costos que van más allá de sus competencias. La configuración de condiciones de riesgo de un país es en buena parte el resultado de decisiones que toman los ciudadanos. La población esco- ge dónde y qué tipo de viviendas habita, cómo proteger su vida y la de su círculo familiar, cómo invertir el patrimonio familiar, e incluso, toma decisiones aparentemente banales como dónde tomar vacaciones, determinando de manera di- recta o indirecta la configuración del riesgo del país. Para evaluar los niveles de conciencia de los colombianos sobre su riesgo y la responsabi- lidad que tienen frente a su reducción y manejo, y poder hacer recomendaciones para mejorar la toma de decisiones de los mismos, en el marco Balance final y recomendaciones para fortalecer la gestión pública en materia del riesgo de desastres 329