Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 353

entre otros, 35 mil. Se puede entonces con- cluir que el 51% de las edificaciones habita- cionales destruidas entre dicho período (las afectadas por inundaciones, deslizamientos y erupciones volcánicas) fueron el resultado de su ubicación en zonas no aptas para urbaniza- ciones, mientras que el 26% de las viviendas destruidas (por sismos) se pueden asociar con deficiencias constructivas. De otro lado, los daños ocasionados por eventos climáticos extremos en el sector agro- pecuario se deben a la vulnerabilidad de este ámbito frente a los mismos, como resultado de la falta de estrategias y de responsabilidades claras para la reducción del riesgo, tal y como lo aborda el PND 2010-2014. Hasta la fecha, las medidas tomadas por el Estado para manejar el impacto de los desastres en el sector agropecua- 4 La ausencia de una política clara y los antecedentes en los cuales generalmente la responsabilidad ha sido asumida por el Estado, desincentivan a los ciudadanos y al sector privado a posesionarse de su rol en cuanto a la reducción y el manejo del riesgo, y generan grandes costos fiscales Respecto a las pérdidas o daños sufridos por desastres, aunque la Constitución le asig- na al Estado el deber de proteger a las personas “en su vida, honra, bienes”, en el caso de even- tos de origen natural o socionatural el Conse- jo de Estado ha dictado que el gobierno sólo se puede hacer responsable cuando haya daños causados por una acción u omisión (falla) de las entidades públicas. Según la Constitución, las autoridades están instituidas “para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los par- ticulares” (art. 2 CP), lo cual es un enunciado bastante amplio y sujeto a interpretaciones. Sin 328 rio han sido más de respuesta a las afectaciones que de prevención y mitigación de los factores de riesgo. Las estrategias adoptadas se soportan prin- cipalmente en otorgar compensaciones directas o alivios financieros a productores afectados des- pués de la ocurrencia de los fenómenos. La única medida disponible que podría considerarse como preventiva es el subsidio al seguro agropecuario. Pese al esfuerzo hecho por el gobierno, su acogida ha sido muy baja debido a una insuficiente divul- gación y a la poca conciencia sobre las bondades de los seguros. En el análisis se considera que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural re- quiere diseñar estrategias y medidas de reducción del riesgo mucho más integrales, que consideren el ordenamiento territorial rural, el mejoramien- to de la infraestructura productiva y el fortaleci- miento de especies. embargo, el Consejo de Estado, en el fallo del 24 de junio de 1994 sobre la tragedia de la avalan- cha que destruyó a Armero, concluyó que había lugar a responsabilidad del Estado solamente si el juez de la causa encontraba probados: (i) una falla en el servicio, (ii) daños antijurídicos a unos particulares, (iii) un nexo de causalidad entre la falla y los daños, y (iv) la inexistencia de causales de exoneración como la fuerza mayor. Ahora, una vez se demuestran daños, que aunque detonados por un evento físico de carác- ter peligroso, son imputables a una falla de las entidades públicas, el Estado está en la obliga- ción de indemnizar. El art. 90 de la Constitución consagra imperativamente que “El Estado respon- derá patrimonialmente por los daños antijurídicos Análisis de la gestión del riesgo de desastres en Colombia: un aporte para la construcción de políticas públicas