Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 289

• • • • • • • Estado para los costos de reparación y re- construcción. Reasignaciones presupuestales. El FNC es la principal fuente de recursos para atender los múltiples desastres de baja intensidad que se presentan todos los años. El FNR ha sido usado a partir del 2007 para disponer de recursos financieros adiciona- les para la atención y reconstrucción de de- sastres en las regiones y municipios donde la ley lo permite. Algunos Ministerios tienen cuentas o bol- sas de subsidios que pueden ser empelados como fuente presupuestal adicional en caso de desastre, aunque, como se mostró ante- riormente, su financiación es escasa. Créditos contingentes (como el préstamo con el Banco Mundial de apoyo al Desarro- llo de Políticas con Opción de Desembolso Diferido ante el Riesgo de Catástrofe, CAT- DDO), que le permite al Estado acceder a liquidez de manera inmediata y oportuna en caso de un desastre de carácter nacional. Algunas de las grandes ciudades cuentan con fondos propios para prevención y aten- ción de desastres. Fuentes fiscales utilizadas en caso de even- tos extremos, como empréstitos interna- cionales, creación de impuestos y venta de activos públicos. El aseguramiento, una herramienta por excelencia para transferir el riesgo de desastres Si todas las propiedades, tanto públicas como privadas, que están expuestas a la ocu- rrencia de desastres estuvieran aseguradas, el riesgo fiscal del Estado sería mínimo; sin em- bargo, en Colombia las pérdidas aseguradas nunca han sido superiores al 10% de los daños. Según Fasecolda (2011), el 10% de las pérdidas directas ocasionadas por el sismo del Eje Cafetero 264 tenían algún tipo de seguro, mientras que so- lamente el 4,5% de las pérdidas totales a razón del fenómeno de La Niña 2010-2011 estaban aseguradas. El aseguramiento de los bienes públicos o privados reduce el riesgo fiscal del Estado al disminuir las pérdidas de su propio patrimonio y al minimizar el impacto en el sec- tor privado, que, ante niveles serios de afecta- ción, también son su responsabilidad. En este capítulo se presentan los avances en el tema del aseguramiento de los bienes públicos y en el Capítulo 5 se discute en detalle sobre el tema para los bienes privados. Según la ley, todos los bienes del Esta- do deberían estar bajo protección financiera, aunque no se conoce la calidad y el alcance de los mismos; además, el aseguramien- to individual de los inmuebles no permite aprovechar la diversificación del riesgo y las economías de escala asociadas al número de bienes públicos. La Ley 42 de 1993 estipula la obligatoriedad de la protección financiera para los bienes del Estado; sin embargo, sólo recientemente se están haciendo estudios so- bre el cumplimiento de la norma y si el mon- to asegurado corresponde al valor contable, catastral o comercial; es muy probable que en ningún caso el valor asegurado corresponda al de reposición, que normalmente es superior al comercial, debido a los costos de demolición, las nuevas normas de construcción y los están- dares de servicios prestados por la edificación a reconstruir. Adicionalmente, cada infraestruc- tura es asegurada individualmente, lo cual es ineficiente, pues no permite al Estado aprove- char los beneficios de la diversificación asocia- dos al agrupamiento de los riesgos de todas las edificaciones en una sola cartera, lo cual redu- ciría el costo de la cobertura. Análisis de la gestión del riesgo de desastres en Colombia: un aporte para la construcción de políticas públicas