LECTURAS COMPLEMENTARIAS
tienen por cierto como tema actos humanos considerados como productos terminados,
no acciones en curso. El contexto de significado de estos principios se agota al subsumir
tales actos bajo los esquemas interpretativos de la teoría económica. Sin duda, no es
concebible ningún acto económico sin alguna referencia a un actor económico, pero
este último es absolutamente anónimo; no eres tú, ni yo, ni un empresario, ni siquiera
un "hombre económico" como tal, sino un "uno" puro universal 58. Esta es la razón por
la cual las proposiciones de la economía teórica tienen justamente esa "validez universal"
que les da la idealidad del "etcétera" y del "puedo hacerlo de nuevo". Sin embargo,
podemos estudiar al actor económico como tal y tratar de establecer qué es lo que
ocurre en su mente; por supuesto, no estamos entonces en el terreno de la economía
teórica sino en el de la historia económica o en el de la sociología económica, de las
cuales Weber nos ha proporcionado un ejemplo sin paralelo en el primer libro de su
obra Wirtschaft und Gesellschaft . Sin embargo, las formulaciones de estas ciencias
no pueden pretender ninguna validez universal, pues tratan de los sentimientos
económicos de individuos históricos particulares, o de tipos de actividad económica
respecto de los cuales constituyen evidencia los actos económicos en cuestión.
Par dar ejemplos tomados de otros campos acerca del significado de esta cuestión,
basta señalar la importancia que tiene trazar una distinción neta entre significado
subjetivo y objetivo en las ciencias que son interpretativas en sentido estricto, a saber,
la filología y la jurisprudencia. En filología ha sido siempre una cuestión básica la de
establecer si lo que se estudia es el significado objetivo de una palabra en un momento
determinado dentro de una zona lingüística definida o, en segundo lugar, el significado
subjetivo que la palabra asume en el curso de un particular autor o de un determinado
círculo de hablantes o, en tercer lugar, el significado ocasional que tiene en el contexto
del discurso. A su vez, todo estudiante de Derecho está familiarizado con la distinción
existente entre considerar un punto de la ley como proposición dentro del sistema
legal de acuerdo con los cánones de la interpretación filológico y jurídica, por una
parte, y preguntarse, por otra parte, cuál fue "la intención del legislador". Todas estas
diferencias se remontan a la distinción entre significado objetivo y subjetivo del producto
que acabamos de tratar.
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El examen de la anonimidad del mundo de los contemporáneos, apartado 39, más abajo, ofrece un análisis más detallado
de este concepto de “uno”.
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