FPAV-02 M1 UT2 Unidad 1.2 | Page 16

a nivel internacional, el Codex 3 ha emitido directrices que velan por el etiquetado nutricional y la declaración de propiedades nutricionales y saludables en los alimentos.
El Codex define el etiquetado nutricional como toda descripción destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutricionales de un alimento, y tiene dos componentes:
• La declaración de nutrientes: se trata de una enumeración normalizada del contenido de nutrientes de un alimento.
• La información nutricional complementaria: se refiere a toda declaración que“ afirme, sugiera o implique que un producto posee propiedades particulares nutricionales, especialmente, pero no sólo, en relación con su valor energético y contenido de proteínas, grasas y carbohidratos, así como con su contenido de vitaminas y minerales, entre otros”.
La normativa es sumamente explícita en el caso de las afirmaciones nutricionales; por ejemplo, cualquier alimento que sugiera que es saludable tiene que demostrarlo con pruebas científicas, y la prueba tiene que ser suficiente para establecer el tipo de efecto que se afirma y su relación con la salud. El cuadro 11 señala la información que debe contener todo alimento pre-envasado 4.
Cuadro 11. Etiquetado de alimentos preenvasados.
Información nutricional obligatoria
• Nombre del alimento
• Lista de ingredientes
• Contenido neto
• Nombre y dirección
• País de origen
• Identificación del lote
• Fecha de caducidad o fecha de duración mínima.
• Instrucciones de uso
Otros requisitos obligatorios para casos específicos
• Etiquetado cuantitativo de los ingredientes
• Alimentos irradiados
Fuente: OMS, FAO( 2007)
3 Comisión del Codex Alimentarius, establecida por la FAO y la OMS en 1963, elabora normas, directrices y códigos de prácticas alimentarias internacionales armonizadas destinadas a proteger la salud de los consumidores y asegurar prácticas equitativas en el comercio de los alimentos. Asimismo, promueve la coordinación de todos los trabajos sobre normas alimentarias que emprendan las organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales.
4 Un producto está“ preenvasado” cuando se le introduce a un envase, cualquiera que sea su naturaleza, sin que el comprador esté presente, de manera que la cantidad de producto contenida en el envase tiene un valor previamente determinado y no es posible modificarla sin abrir el envase y sin que éste sufra una modificación manifiesta( UE, 2012).
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