Fisioterapia Semestre1 SeccionG Revista Proyecto Final Semestre 1 v2 | Page 25
ARTÍCULO 22°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta ARTÍCULO 28°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta
Físico, debe ser honesto, leal y conducirse con verdad Físico, debe mantenerse actualizado de los avances
ante su cliente en todo momento, salvaguardar los in- científicos y tecnológicos de su materia a lo largo de su
tereses del mismo y deberá además comunicarle los vida para brindar un servicio de calidad total.
riesgos cuando existan, en atención a su servicio. ARTÍCULO 29°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta
ARTÍCULO 23°. Con r espeto al pr incipio de la vo- Físico, debe transmitir sus conocimientos y experiencia
luntad de las partes, el Fisioterapeuta y/o Terapeuta a estudiantes y egresados de su profesión, con objetivi-
Físico debe cobrar sus honorarios en razón a la propor- dad y en el más alto apego a la verdad del campo de
cionalidad, importancia, tiempo y grado de especializa- conocimiento actualizado del que se trate.
ción requerido para los resultados que el caso particular ARTÍCULO 30°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta
requiera. De igual manera, el Fisioterapeuta y/o Tera- Físico, debe dignificar su profesión mediante el buen
peuta Físico, deberá reconsiderar el monto de sus hono- desempeño del ejercicio profesional y el reconocimiento
rarios de acuerdo con la limitación económica de su que haga a los maestros que le transmitieron los conoci-
cliente. mientos y experiencia.
ARTÍCULO 24°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta
Físico debe renunciar al cobro de sus honorarios o, en
su caso, devolverlos, si los trabajos que realizó no fue-
ron elaborados en concordancia con lo requerido en el
caso particular de que se trate o el fisioterapeuta haya
incurrido en negligencia, incumplimiento o error profe-
sional.
ARTÍCULO 25°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta
Físico, al reconocer su mal servicio ante su cliente, debe
advertir las consecuencias.
ARTÍCULO 26°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta
Físico, debe realizar los ajustes necesarios por un servi-
cio ineficiente, sin cobro adicional.
ARTÍCULO 27°. El Fisioter apeuta y/o Ter apeuta
Físico, debe anteponer sus servicios profesionales sobre
cualquier otra actividad personal.
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