Financial Food (Octubre 2017) FinancialFood 2017 Octubre | Page 10

Entrevista que la apertura comercial que la UE ha venido llevando a cabo en los últimos años ha permitido la entrada de grandes volúmenes de productos de terceros pa- íses que deberían competir en igualdad de condiciones con la producción comu- nitaria. Sin embargo, la realidad es que se co- mercializan en la UE productos transfor- mados de terceros países sobre los que debería existir un mayor control para asegurar su cumplimiento respecto a la normativa comunitaria, ya que el creci- miento del sector conservero español y europeo podría ser una realidad simple- mente de asegurarse la existencia de una competencia leal en el mercado de la UE, verificándose dicho cumplimiento a la entrada en el mercado comunitario de los productos de terceros países. Para lograr este objetivo, es imprescin- dible que se garantice una competencia leal en el mercado de la UE, lo cual pasa por la imperiosa necesidad de que todos los operadores, tanto comunitarios como de terceros países, cumplan con las normativas higiénico-sanitarias, de seguridad alimentaria, laborales teniendo en cuenta el marco establecido por los convenios de la OIT, de seguridad y salud en el trabajo, medioambientales y de respeto a los recursos, de trazabilidad o de etiquetado, entre otros aspectos, debiendo la Comisión Europea asegurar la existencia de un riguroso control del cumplimiento de todos estos aspectos y adoptando las medidas sancionadoras precisas ante el incumplimiento de los mismos. Se considera necesario garantizar el cumplimiento de la normativa comunita- ria mediante la implementación de me- canismos de control efectivos adicionales, a fin de asegurar la existencia de unas reglas de juego comunes que 10 financial food octubre 2017 deban cumplir de forma igualitaria todos los operadores que concurren a este mercado. En este sentido en nuestra opinión debe desarrollarse de forma urgente el Regla- mento (CE) nº 1005/2008 por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca para prevenir, desalentar y erradicar la pesca IUU, a fin de verificar de forma efectiva la existencia de un estricto cum- plimiento de la normativa IUU, debiendo establecerse para ello nuevas medidas de vigilancia y control de las importaciones que garanticen que cualquier conserva de atún que se comercializa en la UE no ha podido ser elaborada empleando ma- teria prima procedentes de pesca IUU, desarrollando para ello medidas concre- tas como la creación de una Base de Datos comunitaria, y establecer un por- centaje mínimo de verificación de las im- portaciones que entran por las fronteras de los distintos Estados Miembro. Indiscutiblemente, disponer de un verda- dero level playing field en el mercado de las conservas de atún comercializadas en Europa tendría un efecto positivo en la competitividad del sector y por tanto en la generación de empleo de esta indus- tria en la UE, el crecimiento y la genera- ción de valor añadido, posibilitando de esta forma lograr un objetivo tan impor- tante como es garantizar el futuro de un sector comunitario competitivo y viable a largo plazo disponiendo para ello de un marco legal que facilite la coherencia de todas las políticas comunitarias en un mercado globalizado y cada vez más in- ternacionalizado.