Falmed Falmed Educa - Año 04 - Nº9 | Page 11

REPORTAJE 11 FalmedEduca debiera procurar salvar la vida a la persona”, ilustra Juan Carlos Bello. El abogado de la Pontificia Universidad Católica, José Manuel Godoy, quien abordó estos casos en memoria sobre muerte legal y muerte clínica, hace una interpretación distinta. Para Godoy, “el juramento hipocrático se pegó un cabezazo con el Código Penal”. El jurista añade que “si bien el juramento los obliga y hay una norma en el Código Penal que sanciona la denegación de auxilio, ese mismo código también los sanciona en caso de que cometan algún error o provoquen algún daño”. Godoy menciona que junto con responder a un estatuto administrativo, el médico sabe que al abandonar su lugar de trabajo y decidir, voluntariamente, asistir a pacientes en la vía pública sin contar con las condiciones de infraestructura y material para hacerlo, se expone a las consecuencias penales que conlleva. Recomendaciones Pero qué sucede si el médico que decide asistir a un herido en la vía pública no cuenta con los medios adecuados para lograr un resultado positivo, lo que podría terminar incluso con la vida de quien requiere atención. Según el jefe jurídico de Falmed, “el derecho parte de la premisa que nadie está obligado a lo imposible, por lo tanto, podrán y deberán hacer solo aquello que pueden y deben hacer en esa situación concreta. Si requiere un desfibrilador y no lo tiene a mano, si requiere una UCI pediátrica y no la tiene a mano, evidentemente nadie le podrá exigir por qué no la tenía. Se darán los auxilios pertinentes que están capacitados en ese momento y en esa circunstancia. Precisamente en eso consiste la lex artis, en la cual ellos podrían eventualmente ser enjuiciados”. Más que establecer protocolos que normen la actuación de los profesionales de la salud en estos casos, el abogado Juan Carlos Bello asevera que “más que el protocolo, lo que importa es el criterio médico de urgencia vital. Yo creo que los médicos no requieren protocolizarlo, creo que son los únicos que realmente lo saben, si es necesario, hacer saber a los médicos esta circunstancia”. Para el presidente de Falmed, Dr. Sergio Rojas, el médico enfrentado a un requerimiento de atención fuera de su lugar de trabajo no debería enfrentar ningún tipo de contradicción y siempre debería primar el criterio de asistir a quien presente mayor urgencia. “Uno tiene que hacer lo posible con lo que tiene. Obviamente, la ley es criteriosa en eso. No creo que a ningún médico lo vayan a condenar porque trató de hacer lo posible con lo que tenía. No hay contradicción en eso”, puntualiza el Dr. Rojas. El presidente de Falmed aclara que si bien “es cierto que uno tiene su responsabilidad al interior del hospital, también hay un tema de criterio y humanidad que uno tiene que tener claro desde el momento que ejerce la profesión”. En ese sentido, sostiene que la recomendación, en caso de verse imposibilitado de salir de su lugar de trabajo, es asegurarse que se haga una primera evaluación, coordinando con el equipo de salud la presencia de algún funcionario y, si la complejidad del caso lo amerita, enviar un equipo entrenado que efectúe el traslado del paciente al recinto.