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REPORTAJE
FalmedEduca
Entre la libertad de expresión y el derecho a la honra
El juicio público
de las redes sociales
Juristas observan con atención el comportamiento de la relación médico-paciente en
las redes sociales, donde colisionan derechos que se entienden fundamentales para el
desarrollo íntegro de un estado de derecho y la democracia.
Por: Alejandra Moreira
El empoderamiento de los pacientes, y de la sociedad en general, ha
modificado, entre otras cosas, el paradigma de los medios de comunicación.
La antigua imagen de un reportero dando cuenta de una noticia, se ha transformado en otra, en que los medios de
comunicación masiva muchas veces
sólo replican lo que la gente común y
corriente considera noticia, agravio o
molestia, por un servicio que consideran
ha sido mal entregado.
Es entonces, que los medios
de comunicación se han puesto al servicio de una comunidad enfebrecida
que reporta directamente, a través de
sus propias plataformas sociales como
Facebook o Twitter, situaciones que le
molestan, alteran y que juzgan sin mayores miramientos, afectando la honra
y el prestigio profesional de una persona. Esta situación no le es ajena a la
relación médico-paciente, donde observamos con cada vez más frecuencia a
médicos que se ven expuestos a falsas
acusaciones. De hecho, según la consulta de opinión electrónica realizada por
Revista Falmed Educa, un 61,43% de los
2.455 médicos que participaron se siente expuesto a ser objeto de una denuncia
en redes sociales.
Efectivamente, las redes sociales no se rigen por la Ley Nº 19.733, sobre Libertades de Opinión e Información
y Ejercicio del Periodismo, conocida
como Ley de Prensa, donde queda explícitamente especificado la responsabilidad que tienen los periodistas, los
editores y los medios de comunicación
cuando se publica un información que
falta a la verdad o afecta la honra y el
buen nombre de un facultativo.
Es más, en el caso que un médico se sienta menoscabado por una publicación en un medio de comunicación
formal existe el derecho a réplica, donde
el medio se obliga a publicar con la misma extensión y forma la noticia que lo ha
afectado y que su relato no se ha ceñido
a la verdad.
Sin embargo, el panorama legal
no es el mismo para las publicaciones
que se realizan en redes sociales. Si bien
no existe una legislación en específico
como en el caso de las publicaciones de
prensa, de todas maneras existe legislación general que puede ser utilizada en
caso de daño a la honra de una persona
en estas plataformas.
Recursos de protección
Para el abogado jefe de la
Fundación de Asistencia Legal del
Colegio Médico, Juan Carlos Bello, el
contexto del problema de las denuncias
en las redes sociales consiste en una colisión de derechos. “Por un lado tenemos
el derecho a la información, a la libertad
de expresión, que muchos consideran
como el derecho fundamental de la democracia y, por otro lado, el derecho a la
honra o a la estima que tengo o quiero
que otras le den a mi persona y que también es una materia resguardada por el
Estado”, indica.