ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS O COMBINADOS METODOLOGIA PARA DESARROLLAR ESTADOS FINANCIEROS C | Page 3
indirectamente, del cincuenta por
ciento (50%) o más de los
derechos sociales o aportes en
circulación con derecho a voto de
otra institución vigilada, nacional
o extranjera.
La participación indirecta en una
entidad vigilada, es decir, la
realizada por
medio de una o
varias instituciones subordinadas,
será equivalente al porcentaje que
las entidades subordinadas posean
en la
entidad vigilada. Por
consiguiente,
la
participación
indirecta
no
se
establecerá
multiplicando el porcentaje de la
matriz con los porcentajes de
participación de sus subordinadas
en la entidad vigilada, sino con
base únicamente en estos últimos.
Para tal efecto, no se computar án
las
acciones
con
dividendo
preferencial y sin derecho a voto.
b)
También
habrá
lugar
a
consolidación cuando se presuma
que la entidad inversionista ejerce
influencia
dominante
en
la
subordinada, para lo cual se
tendrán en cuenta los siguientes
supuestos:
Cuando
la
participación,
directa o indirecta, sea igual
o superior al veinte por
ciento (20%) o más del
capital
de otra institución
vigilada en la cual se ejerza
influencia dominante
Cuando se haga evidente
que
la
matriz
y
las
subordinadas
tengan
conjunta o separadamente
el derecho de emitir
los
votos constitutivos
de la
mayoría mínima decisoria en
la junta de socios o en la
asamblea,
o
tengan
el
número de votos necesarios
para elegir la mayoría de
miembros
de
la
junta
directiva.
Cuando
la
matriz
directamente
o
por
intermedio o con el concurso
de las subordinadas, en
razón de un acto o negocio
con la sociedad controlada o
con
sus
socios,
ejerza
influencia dominante en los
órganos de administración de
la sociedad.
Cuando
a juicio
de
la
Superintendencia Financiera
de
Colombia,
previa
comunicación
es crita
se
advierta que existen otros
supuestos que se consideren
como influencia dominante.
En estos casos se deberán incluir
en la consolidación a estas
entidades y para todos los efectos
legales a que hubiere lugar, salvo
que demuestren fehacientemen te
que su participación no da lugar a
los supuestos de subordinación
considerados en esta Circular.