7.3.3 Resúmenes. Se deben presentar los siguientes:
7.3.3.1. Resumen de los excesos( o defectos) del costo de la inversión sobre el valor en libros, por cada subordinada, indicando los montos realizados y / o amortizados y los saldos y plazos pendientes de realización y / o amortización.
7.3.3.2. Un resumen de las operaciones recíprocas eliminadas indicando, por lo menos:
Denominación de las cuentas afectadas utilizando para ello la denominación empleada en los formatos-; Valor de la eliminación;- Entidades intervinientes, y Concepto
7.3.4 Un resumen de la metodología utilizada para el cálculo de los valores patrimoniales proporcionales.
7.3.5 Detalle del cálculo de la amortización y / o realización de la diferencia en la adquisición de la inversión, según corresponda.
7.3.6. Detalle de las ventas de inversiones, incluyendo por lo menos la información requerida en el numeral 4.1.4.6. De este instructivo.
7.4 Cartera de Créditos
Indicar el método de clasificación y calificación de la cartera de créditos empleado por cada una de las filiales o subordinadas del exterior.
7.5 Otros
7.5.1 Los ajustes de transacciones ocurridas en la subordinada entre las fechas de corte y consolidación, cuando se presente diferencias en esas fechas. Numeral 4.2.5.
7.5.2 En general, la información necesaria que permita a los usuarios formarse un concepto claro del estado de la situación financiera y del resultado de las operaciones del grupo consolidado.
8. CONVERSIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS
Cuando en la consolidación se incluyan subordinadas del exterior, deberá remitirse un anexo explicativo sobre la conversión a pesos colombianos de cada uno de los rubros de los estados financieros, utilizando la denominación de los rubros incluidos en los formatos de consolidación, incluyendo lo correspondiente a los patrimonios históricos, las operaciones recíprocas, el ajuste por conversión de estados financieros y el ajuste en cambio realizado.
Tratándose de la uniformidad de las normas y procedimientos de contabilidad de las subordinadas del exterior, en el anexo se detallará su efecto en los estados financieros, sin perjuicio de que se revele en notas a los estados financieros consolidados.
En lo referente a las tasas de cambio empleadas en la conversión de las cuentas de los estados de resultados, se indicarán los criterios adoptados en su determinación, debidamente sustentados, incluido lo correspondiente