“Estado social de derecho” Sueña, vive, respeta y participa para vivi Mi hogar es un Estado Social_26102017 | Page 20
Revocatoria del mandato
Este mecanismo de participación ciudadana consiste en el
derecho político que tienen todos los colombianos, por medio del
cual dan por terminado el mandato que le han conferido a un
gobernador o a un alcalde.
Un grupo de ciudadanos, en número no inferior al 40% de los
votos que obtuvo el gobernador o el alcalde, según el caso,
solicita ante la Registraduría Nacional del Estado Civil que
convoque a votaciones para revocar el mandato del funcionario,
mediante un formulario de firmas que además contiene las
razones que fundamentan la revocatoria.
La Registraduría Nacional del Estado Civil procede a realizar a la
revisión de las firmas y si cumple con el umbral requerido se
procede a convocar a votación sobre la revocatoria.
Para que la revocatoria proceda, debe ser aprobada en el
pronunciamiento popular por la mitad más uno de los votos de
los ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria,
siempre que el número de sufragios no sea inferior al cincuenta y
cinco por ciento (55%) de la votación válida registrada el día en
que se eligió al respectivo mandatario.
Si como resultado de la votación no se revoca el mandato del
gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse, una
revocatoria del mandato, en lo que resta de su período. De lo
contrario, de acuerdo con la Ley 134 de 1994 “el Registrador
Nacional del Estado Civil la comunicará al Presidente de la
República o al gobernador respectivo para que procedan, según
el caso, a la remoción del cargo del respectivo gobernador o
alcalde revocado”.
La remoción del cargo se efectuará de manera inmediata y se
procederá a convocar a una nueva elección, en la cual no podrá
participar
el
mandatario
revocado.