Escuela Inclusiva y los Derechos Humanos Guia_Derechos_Humanos | Page 11

I. Los Derechos Humanos U na victoria histórica de gran importancia del siglo XX fue recono- cer la educación como un derecho humano esencial. El artículo 26º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948) establece que: ҉ ҉ Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instruc- ción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada, el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. ҉ ҉ La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. ҉ ҉ Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. La trascendencia que la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) tiene para la delineación de una política educativa inclusiva, no ha sido justamente explorada y considerada como un elemento prominente; concretamente entre algunos colectivos sociales, corrien- tes políticas y organizaciones civiles que pugnan por salvaguardar el derecho a la educación, en los países más necesitados del mundo. Insólitamente, tampoco ha sido apreciada como un elemento pre- ponderante por los gobiernos –particularmente en América Lati- na– que han emprendido transformaciones sociales, procesos de metamorfosis y reconfiguración política que ambicionan restituir el legado de desigualdad y exclusión. 11