ED. 49 - En esta Edición SMART POP ED. 49 - En esta Edición SMART POP | Page 13

A p o r t e P r o f e s i o n a l

Nueva Ley PYME: Un paso adelante.

Por el Cr. Andrés Espiño(*)
Con fecha 01 de Agosto de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.264 denominada“ Programa de Recuperación Productiva” más conocida como Ley PYME. La misma luego fue reglamentada a través del Decreto 1.011 del Poder Ejecutivo Nacional. Este conjunto de normas( que son complementadas con distintas resoluciones de SEPYME y AFIP) vienen a otorgar una serie de beneficios a las Empresas que por sus Ingresos y por su actividad pueden ser encuadradas en la categoría de Micro, Pequeña y Mediana Empresa( para conocer los topes de ingresos vigentes para cada categoría PYME podrá consultar en http:// www. e spinorichard. com. ar / no ve da des. h tml. Entre las ventajas previstas para este tipo de Empresas, a partir de la nueva ley y su reglamentación, se podrían mencionar las siguientes:
• Exclusión del Impuesto a la Ganancia Mínima presunta a partir del 01 / 01 / 2017.
• Cómputo del impuesto a débitos y créditos bancarios como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
• Mayores plazos para el pago de IVA a Micro y Pequeñas Empresas.
• Cómputo de hasta 10 % de las Inversiones Productivas como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias. Además dicho cómputo no podrá superar el 2 % de los ingresos netos para las PYMES en general y el 3 % en las Empresas Manufactureras categorizadas como Micro, Pequeñas y
Medianas-Tramo 1. Vigencia: para inversiones productivas que se realicen entre el 01 / 07 / 16 y el 31 / 12 / 18.
• Bono de Crédito fiscal por el IVA Crédito originado en compra de Bienes de Capital y en Obras de Infraestructura, cualquiera sea la forma de financiación, incluyendo Leasing. Este beneficio tiene igual vigencia que el punto anterior.
• Se elevan los umbrales de retención de IVA en forma significativa.
• En caso de Micro Empresas se otorgan Certificados Automáticos de No Retención IVA.
• Ampliación del cupo prestable de la Línea de Créditos para Inversión Productiva.
• las PYME exportadoras se amplía el plazo para la liquidación de divisas.
• La ley ha previsto otras medidas que apuntan a beneficiar al universo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Para más abundar sobre los detalles de la misma, será oportuno consultar con los asesores de la Compañía. Tal lo que expresa el título de la nota, con este paquete de medidas se ha logrado dar un paso adelante para favorecer la actividad de las PYMES. Sería interesante poder contar con otros avances, tales como la disminución del nivel de litigiosidad laboral, la baja en los porcentajes que abonan las pequeñas y medianas empresas a las ART, una menor presión fiscal a nivel local y / o provincial, más y mejores fuentes de financiamiento para bienes y capital de trabajo, y otras medidas que impacten positivamente para estimular la generación de nuevas empresas y ayudar a su crecimiento. Ojalá en próximas notas podamos referirnos a nuevos beneficios y estímulos estatales a los negocios PYME. Esperamos haya sido de utilidad la presente nota y nos despedimos deseándoles Felices Fiestas y Buen año 2017!!!
(*) Andrés Espiño es Contador Público y Licenciado en Administración( UBA). Ha actuado como Director de Finanzas y Gestión en importantes Empresas PYME Industriales. Actualmente es Consultor Independiente en temas de Gestión Operativa y Finanzas Corporativas, Director del Estudio ESPIÑO RICHARD, Socio de la Consultora de Servicios Financieros ERCP PROCING y miembro Especialista Senior en el Programa Expertos PYME de la Secretaría de Emprendedores y PYMES de la Nación.
Revista C. E. P. I. P- Año 15 Número 49- Diciembre 2016
P A G I N A
13