Dúos nº3 | Page 4

PRIMER GOLPE "Matrimonio" Homosexual

Al pan, pan y al matrimonio ¡MATRIMONIO!

Por Fernando Cárdenas Artola

A nadie le es ajena la polémica que ha suscitado el fallo del T.C. redefiniendo la figura jurídica del matrimonio, dejando de ser la unión entre un hombre y una mujer para quedar transformado legalmente en la unión de dos ciudadanos cualesquiera.

No me toca a mí juzgar la pertinencia jurídica de esta sentencia, tema que sin duda daría lugar a un amplio debate. No obstante, conviene exponer algunos motivos por los cuales, esta sentencia no hace justicia a la naturaleza específica de esta realidad natural que llamamos matrimonio. .

Cuando en el campo de las ciencias hablamos de matriz, nos referimos a una entidad originaria y principal que tiene la capacidad de ir más allá de sí misma generando algo nuevo. No es casual que este término designe también el útero femenino, donde tiene lugar el desarrollo de un “otro”, pero que a su vez tiene un origen, una matriz. Llegados a este punto podemos intuir que madre y matriz comparten raíz latina (mater).

podemos intuir que madre y matriz comparten raíz latina (mater).

Pero… ¿qué tiene que ver esto con el tema que nos ocupa? Todo término debe responder a la naturaleza específica de lo que se define. En lo referente al matrimonio - que parte de la misma raíz semántica - debe significar la unión de personas que, por naturaleza, esté abierta a una trascendencia, dando lugar a algo nuevo. Es injusto llamar matrimonio a la unión homosexual, pues no responde a la especificidad de dicha unión; supone una grave corrupción semántica.

El matrimonio expresa otra realidad: hombre y mujer, iguales en cuanto personas, son complementarios en cuanto varón y hembra. Esta unión está abierta a una fecundidad natural para la que la pareja homosexual está a priori capada.

Pero la legislación permite a los homosexuales tener niños: adopción, técnicas de reproducción asistida… ¿Estaríamos ante una familia igual a las matrimoniales? De nuevo caemos en la cuenta de que, el hecho de introducir un niño dentro de una convivencia homosexual, no altera la naturaleza de la misma. Esta unión está completamente incapacitada para que de ella surja una familia sin intervención de elementos externos a la pareja.

Se trata, por tanto, de realidades diferentes. Esto no conlleva discriminación, pues igual que no discriminamos a dos amigos que deciden convivir por no llamarlos matrimonio, tampoco discriminaremos a dos homosexuales. Nos conviene a todos llamar a las cosas por su nombre.

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