Diccionario Asistencia Administrativa REVISTA FINAL edicion final pdf | Seite 87
86
reguladoras de las distintas sociedades y entidades, establecen en ocasiones unos
límites mínimos que deben cubrir el capital inicial.
Según el método contable, se considera capital
a las aportaciones dinerarias o en especie que una serie de personas realizan en el
momento inicial de creación de una empresa, o con posterioridad, para formar parte
del patrimonio de una empresa, de manera que se convierten en propietarios en la
proporción de su aportación, y como consecuencia de ello, correrán el riesgo
inherente a la explotación empresarial.
A efectos contables se suelen manejar diversos vocablos para referirse al mismo
concepto, y así tenemos el capital social para referirse a aquellas empresas con
forma de sociedad mercantil, ya sea como sociedades anónimas, limitadas,
comanditarias o colectivas; fondo social para empresas que no tienen forma
mercantil, tales como cooperativas y mutuas; y capital “a secas” cuando se trata de
empresarios individuales.
El capital emitido es el Capital social puesto a disposición de los
accionistas o del público en general, según los casos, para suscripción del mismo, ya
se trate de un proceso de constitución de sociedad o de ampliación del capital.
El capital emitido no tiene por qué corresponderse con el capital suscrito ni con el
capital desembolsado. En cuanto al primer aspecto, dependiendo de las dificultades
de colocación o del grado de aceptación, el capital efectivamente suscrito puede ser
inferior o superior a la cifra puesta en emisión. Respecto al segundo, el capital
emitido, al menos al principio y en los tipos de sociedades que admiten unos
desembolsos diferidos, el capital emitido no corresponderá al efectivamente
desembolsado.
Se denomina capital abierto al capital social de algunas
empresas y sociedades que tienen la característica especial de que su capital es
variable, es decir, la cifra de capital no es fija sino que depende de las altas y bajas de
los socios o partícipes, variaciones que determinan el capital en cada momento.
Ejemplos de sociedades con capital variable son las cooperativas y las sociedades de
inversión mobiliaria de capital variable, los fondos de inversión, los ETFs o fondos
cotizados, etc.
La capacidad procesal es la capacidad para ser parte en
un litigio, tanto activa como pasivamente, como demandante o demandado. Supone la
idoneidad de comparecer en juicio y realizar válidamente actos procesales. Para ello,
es necesario el estar en el pleno ejercicio de los derechos civiles, o en su caso
comparecer por medio de representantes legítimos, este requisito será obligatorio
para la comparecencia de las personas jurídicas, que deberán siempre actuar a
través de sus órganos de representación.