DERECHOS HUMANOS sociales | Page 2

2 Mecanismos de control de los DH Los mecanismos de Protección Ciudadana se ejercen mediante acción judicial y están establecidos para proteger una eventual o real pérdida, vulneración o amenaza de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política y cuando fuere posible restituir las cosas a su estado anterior. • El Derecho de Petición. • Peticiones de información. • Quejas. • Reclamos. • Manifestaciones. • Habeas Corpus. • Habeas Data. • Acción de Tutela. • Acción de Cumplimiento. • Acciones Populares y de Grupo. El Derecho de Petición Es el derecho fundamental que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas en términos comedidos ante las autoridades o ante las organizaciones privadas que cumplen funciones públicas, para obtener de éstas una pronta resolución sobre lo solicitado. La violación del Derecho de Petición por parte de las autoridades o de particulares prestadores de servicios públicos, puede conducir a que este derecho sea tutelado. El Derecho de Petición se encuentra consagrado en Artículo 23 de la Constitución Nacional y puede ejercerse por interés general o particular, petición de informaciones y formulación de consultas. Solicitud de Petición de Información Petición que se hace a las autoridades para que éstas den a conocer cómo han actuado en un caso concreto, entreguen información general sobre la entidad, expidan copias y/o permitan el examen de la documentación que reposa en la entidad, en un término no mayor de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de radicación para su respuesta. Peticiones de Interés Particular o general cuando se hace llegar a las autoridades una solicitud sobre una materia sometida a actuación administrativa, con el fin que se tomen las medidas pertinentes, sean éstas de carácter individual o colectivo. El término de respuesta corresponde a quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de radicación. 2