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Órganos Administrativos de Trabajo:
Cuando fue tomando mas forma y presencia, tanto el movimiento laboral como
disciplina laboral autónoma, se creó la cartera de Agricultura y Trabajo (Abril de
1920).Sucesión de Leyes de Trabajo:
a) Reglamento de Jornaleros.
b) Ley de Trabajadores
c) Ley Protectora de Obreros sobre Accidentes de Trabajo.
d) Ley del trabajo
e) Código de Trabajo (1947) La Revolución de Octubre (1944) marco el final del régimen
dictatorial de Jorge Ubico. Se produjo una apertura democrática.
f) Código de Trabajo (1961) en mayo 1961 se emitió el Decreto Número 1441 del
Congreso de la Republica, nomenclatura que corresponde a lo que actualmente es el
Código de Trabajo. g) Reforma de 1992 (decreto 64-92)
MINISTERIO DE TRABAJO
Es la institución estatal encargada de velar y promover el cumplimiento eficiente y
eficaz de la legislación, políticas y programas relativos al trabajo y la previsión social, en
beneficio de la sociedad y busca ser un Ministerio que promueva la cultura de respeto a la
legislación laboral y el bienestar de la sociedad.
El Ministro de Trabajo y Previsión Social es la autoridad superior y en consecuencia
el funcionario de mayor jerarquía del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a quien le
corresponde cumplir y desarrollar las funciones que establece la Constitución Política de
la República de Guatemala.
El Ministro de Trabajo y Previsión Social es miembro del Gabinete del Gobierno
de la República de Guatemala. Su labor esencial la constituye la planificación, orientación,
dirección y ejecución de la política laboral del país, con la colaboración de los distintos
servicios y funcionarios de la rama administrativa de trabajo. Es la autoridad superior del
Ministerio, ejerce jurisdicción en toda la República y desempeña funciones permanentes
sobre las dependencias, oficinas, funcionarios y empleados.