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se produjo un nuevo giro en la historia , el joven rey Enrique sufrió un fatal accidente a causa del cual falleció . Muerto sin posteridad , el último hijo varón de Alfonso VIII y Leonor de Inglaterra , la sucesión recaía por derecho en la hija mayor de los reyes , Berenguela . Sus derechos a la corona de Castilla no daban lugar a duda . Sin embargo , ¿ qué panorama político se ofrecía a Berenguela en el momento de la sucesión ?
¿ Recordó Berenguela las condiciones sucesorias que fijaba el viejo Tratado de Sahagún , 1158 ? Este tratado había logrado salvar las reticencias creadas por la separación de Castilla y León a la muerte de Alfonso VII . El mismo tratado aclaraba que si uno de los reinos quedara sin heredero , “ sine filio ”, el reino fuera poseído por el otro linaje . En este contexto entendemos que Berenguela mandara traer a su hijo Fernando con tanta prisa desde León , donde estaba con su padre , Alfonso IX .
¿ Es probable que ella dudara de que respetaran su acceso por derecho al trono siendo mujer ? ¿ Sine filio , podría ser interpretado únicamente como varón ? Si atendemos a los hechos posteriores tiene sentido que pensara así . El 2 de julio de 1217 , en Valladolid , los representantes del pueblo de las ciudades , los mayorales de Extremadura , la nobleza y la caballería de Catilla , reconocieron solemnemente los derechos de Berenguela y la recibieron como reina , para inmediatamente después , suplicarle unánimemente que cediera la corona a su hijo mayor don Fernando porque “ siendo ella mujer , no podría soportar el pesos de las labores gubernativas ”. No se le escaparía a Berenguela que la renuncia en favor de su hijo habría de ser la mejor respuesta política a cuestiones pendientes como unir los reinos de Castilla y León bajo su hijo y evitar así los conflictos que esta separación acarreaba .
Digamos que Berenguela , siendo heredera de derecho , sopesó todos estos puntos y actuó en beneficio de las circunstancias pero no renunció a reinar . Los hechos hablan de que una negociación entre madre e hijo precedió a la abdicación . Haciendo reconocer sus derechos y haciendo valer con sumo cuidado la ley , la memoria y los instrumentos en que aquellos descansaban y solamente después transmitió la corona a su hijo . De hecho , desde que accedió al trono y hasta que murió su madre , Fernando tomó casi todas las decisiones “ ex assensu et beneplácito ” de la reina . Berenguela nunca renunció a sus derechos . El derecho fue donde Berenguela se afianzó `para resistir las fuerzas misóginas y sacar el mejor partido de las posibilidades que se le ofrecían .
Su manera de resolver la sucesión de su hermano Enrique I , aunque suponía su aparente renuncia , tuvo tres consecuencias de gran trascendencia : hizo perenne la dinastía regia castellana , contribuyó a la reunión de los reinos de Castilla y León , y puso a la reina madre en situación de “ reinar sin reinar ”. Berenguela , heredera de derecho , supo negociar su cesión con una fuerte dosis de poder efectivo , como lo prueban el papel que desempeño después en asuntos de gran importancia para la realeza castellana así como la legitimidad y el reconocimiento de que gozó , como mujer de poder y autoridad , en Castilla , en la península ibérica y en otras partes de Occidente .
Ante todo , hay que reconocer a Berenguela la Grande , el mérito de haber conseguido la unión sin efusión de sangre y el de haber fomentado así una paz duradera entre los reinos . Su intención pacificadora se opone a un mundo varonil caracterizado por una fuerte propensión a la violencia . En cuanto a los apoyos con los que pudo contar , fueron fundamentalmente dos : el derecho , en primerísima instancia , y a nivel de los poderes sociales , la Iglesia . Tuvo además la inteligencia y el realismo de explotar las rivalidades nobiliarias y de granjearse el apoyo de linajes políticamente marginados . Su estrategia prefigura – aunque habría que añadir el apoyo que estas otras reinas buscaron en las elites urbanas – la de María de Molina en el siglo XIV , y en el XV la de Isabel la Católica .

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