resultados positivos desde antes de ejecutar el
plan; algo insólito. En resumen el AGIES para
el plan de descontaminación Concón, Quintero
y Puchuncaví reduce el problema a una pocas
variables intervinientes y obviando otros elemen-
tos de gran importancia que, al ser ignorados no
pueden explicar parte de los beneficios del plan o
bien podría quedar de manifiesto que el plan no
puede entregar resultados de efectividad porque
precisamente no incluye variables que tal vez sean
relevantes a la hora de implementar medidas para
resolver el problema.
El debate sobre el valor de la vida en el contexto
del análisis costo beneficio lleva varias décadas en
Estados Unidos y al día de hoy la controversia no
ha sido zanjada. Aunque en Chile no ha sido mo-
tivo de reflexión ni siquiera en el ámbito académi-
co, aunque el tema a mi juicio es de la mayor re-
levancia. Por ejemplo, la comunidad de Quintero
y Puchuncaví que se ha movilizado por los epi-
sodios de intoxicación han reclamado de manera
persistente que en Chile se adopten normas OMS
que para material particulado fino y grueso son
el doble más exigentes que las vigentes en el país.
Eso significa que si se adoptan estas normas, el
nivel de protección para la salud de la población
se incrementa significativamente.
Tchounwou identifican seis países donde la po-
blación está muy expuesta al arsénico entre ellos
Chile (Tchounwou, 2012). El mismo artículo re-
conoce que los siguientes metales o metaloides
deben tener un tratamiento prioritario por su
peligrosidad: arsénico, cadmio, cromo, plomo y
mercurio.
En Chile se encuentran vigentes dos normas de
emisión para procesos industriales que liberan al
ambiente flujos másico elevados de los contami-
nantes antes señalados (i.e. norma de emisión de
fundiciones y norma de emisión de termoeléctri-
cas). Para las emisiones de mercurio en las fundi-
ciones de cobre se pide a las empresas reguladas:
“medir e informar los niveles de mercurio por-
que se espera que las emisiones de estas sustan-
cias tóxicas se reduzcan producto de las mejoras
aplicadas”. Con el Acuerdo de Minamata vigente
se esperaría que estas laxitudes normativas sean
corregidas.
ELEMENTOS PARA COMPRENDER
LA COMPLEJIDAD AMBIENTAL DE
CONCÓN QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ
A LA LUZ DE NUEVOS HALLAZGOS EN
LA CIENCIA
En párrafos anteriores he tratado de dejar en
evidencia las falencias de los planes de desconta-
minación y los procesos normativos. Lo primero
que debemos enfatizar es que los planes de des-
contaminación no descontaminan; solo establecer
restricciones a las emisiones con el fin de alcanzar
en un periodo determinado de tiempo los valo-
res de normas de calidad que se establecen como
objetivo del plan. Lo segundo es que estos planes
simplifican, a mi juicio, en extremo situaciones
de suyo complejas. El espacio geográfico donde
se localizan las tres comunas de la zona satura-
da: Concón, Quintero y Puchuncaví comparten
junto con una calidad del aire de riesgo para la
población, el hecho que todas ellas son comu-
nas costeras. Esto no es un mero detalle sino un
tema tremendamente relevante para comprender
la complejidad ambiental de la zona saturada. El
ecosistema marino es fuente de aerosoles y algu-
nos halógenos de gran importancia para las re-
acciones químicas que ocurren en la tropósfera.
Por ejemplo la volatilización de cloro a partir de
aerosoles marinos es la fuente más importante
de cloro inorgánico en la tropósfera (Andreae,
1997). Los principales iniciadores de la los pro-
cesos químicos que se desencadenan en la franja
troposférica que limita con el medio marino son
OMISIONES, DEFICIENCIAS
E INCONSISTENCIAS EN LOS
INSTRUMENTOS DE LA LEY
Sólo con la finalidad de ilustrar algunos temas
ambientales que requieren un tratamiento más ri-
guroso, me referiré a dos contaminantes que son
motivo de especial preocupación en el mundo
académico y la OMS. Uno de ellos, el mercurio
ha sido objeto de un Acuerdo Internacional re-
cientemente suscrito por Chile, el denominado
Acuerdo de Minamata (D.S.269/2018) que tiene
por objetivo proteger la salud de la población y
los ecosistemas. Este Acuerdo en su artículo 8 se
refiere al control y reducción de emisiones para
fuentes puntuales. Para el cumplimiento de este
aspecto del Acuerdo será preciso corregir algunas
situaciones como en la evaluación ambiental de
algunos proyectos de centrales termoeléctricas a
carbón, como por ejemplo, la central Campiche
en Ventanas, comuna de Puchuncaví. El titular en
la declaración de emisiones omite las descargas
por chimenea de arsénico y mercurio. Yudovich
y Ketris (Yudovich, 2005) señalan que en las ce-
nizas del carbón, el arsénico se concentra cinco
veces más que el del carbón mineral. Por su parte,
Guzmán G.
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