en su capacitación y sensibilización (62) (63).
También resulta relevante tomar en conside-
ración evidencia que señala que el estatus migra-
torio ha representado una barrera en el proceso
de derivación existente dentro de la red de salud,
particularmente desde el nivel primario hacia el
nivel secundario (64). En relación a esto, equipos
de salud primaria declararon desconocer la situa-
ción de los usuarios MISI al pasar a otros niveles
del sistema (65). Es en este sentido que resulta re-
levante poner énfasis en el rol de los servicios de
salud como articuladores de la red asistencial, de
manera tal que exista un sistema de información
que permita un adecuado flujo de información
entre un nivel y otro respecto a la situación de los
usuarios MISI.
Por otra parte, es importante señalar que en-
contrarse en situación migratoria irregular en
Chile ha sido identificado como un factor que
repercute en la calidad de vida y en la salud men-
tal de las personas migrantes sudamericanas (66).
Mujeres migrantes que trabajan bajo categorías de
irregularidad se encuentran sometidas al constan-
te temor a ser deportadas (67). El temor de las
personas MISI a ser identificadas y denunciadas
en los centros de atención según diversos estudios
corresponde a una de las principales barreras de
acceso a servicios de salud en el país (68) (61).
Esto puede estar relacionado a la dificultad iden-
tificada por el Ministerio de Salud durante el 2014
de informar a la población MISI respecto a sus
derechos y deberes en salud (49). Es por lo mis-
mo que se requiere de una respuesta organizada
que permita difundir los derechos garantizados
entre la población MISI, así como incrementar la
confianza en el sistema de salud explicitando el
respeto irrestricto al principio de confidencialidad
de la información que entreguen en los centros.
Adicionalmente, el contexto actual de la pobla-
ción MISI en el país está marcado por el proceso
de regularización migratoria extraordinario, cuya
primera etapa fue llevada a cabo entre los meses
de abril y julio del presente año. En dicha fase se
inscribieron 155.707 personas (69), que aunque
corresponde a una cantidad importante en rela-
ción a las estimaciones de población MISI que rea-
lizó el Departamento de Extranjería y Migración
este año, no se conoce con certeza el número de
personas que aún permanecen en situación migra-
toria irregular. Esto resulta preocupante, ya que
en la descripción del proceso regulatorio se señala
que quienes no se regularicen serán sancionados
con expulsión u orden de abandono del país (70).
Este hecho instala un escenario de incertidumbre
Larenas D., et al.
en lo referido a la protección de los derechos de
la población MISI que no se inscribió en el pro-
ceso de regularización, particularmente en lo re-
lacionado a su ejercicio del derecho a acceso a la
salud. Como es sabido, los procesos de regulari-
zación extraordinaria, también llamados amnistía
migratoria, por sí solos representan una solución
puntual y temporal en lo que respecta a la regula-
rización de los flujos migratorios, estos no tienen
como consecuencia impedir la reemergencia de la
migración de carácter irregular en el futuro y sus
desafíos asociados (68) (71).
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