Cuadernos Médicos Sociales 2018; Vol 58 N°2 | Page 83

culturales, desmitificando los estereotipos, permitiendo que los equipos conozcan y empaticen con las mujeres enfrentadas a estos difíciles dilemas en sus vidas, junto con evitar la estigmatización, no solo de las mujeres afectadas, también de los equipos clínicos, tanto de los médicos que se declaran objetores, como de aquellos que sí realizan interrupciones de embarazos, respetando las decisiones de las mujeres.
El verdadero médico / a objetor / a es aquel que, enfrentado a un caso, pondrá siempre en el centro el respeto a la dignidad y el bienestar de la mujer, por lo que buscará quien le dé las prestaciones que ella solicita y que no puede otorgar. No la deja sola, pero a su vez, no le impone su visión de mundo.
Por tal motivo, un médico único del sistema público no debiera ser objetor de conciencia, pues de lo contrario, impone por los hechos, su visión del mundo a las demás mujeres.
Lo mismo sucede con las instituciones públicas. Si en un equipo clínico obstétrico, todos sus profesionales se declaran objetores, es deber del Director de ese centro asistencial organizar los servicios de manera de garantizar las prestaciones de salud a que tienen derecho por ley las mujeres.
Esta Ley 21.030 continúa siendo muy valorada por la ciudadanía y, sin lugar a dudas, ha contribuido a visibilizar las necesidades de reconocimiento de las mujeres como sujetos de derechos, sumando al gran movimiento feminista de mayo 2018.
DESAFÍOS
IMPLEMENTACIÓN EN NUEVO ESCENARIO POLÍTICO
El gobierno del presidente Piñera, que ganó las elecciones nacionales el pasado diciembre de 2017, debe completar la implementación de esta ley, a pesar de que él y miembros de su coalición se opusieron abiertamente a la ley durante su campaña presidencial( 21).
Los procesos de instalación de nuevas prestaciones de salud programáticas toman entre uno a dos años que estén“ en régimen”, es decir, plenamente instaladas en todo el territorio de Chile.
Si bien se instalaron en la gestión Bachelet todos los componentes para el desarrollo de las prestaciones en los efectores de salud de especialidad a cargo en la Red Pública, donde el estado deberá garantizar las prestaciones, la consolidación en los otros niveles de atención, desarrollo de las prestaciones en el nivel privado de salud, así como la calidad, oportunidad y continuidad de las prestaciones en los niveles de especialidad, dependerán de las resistencias sociales y culturales que estas acciones pueden determinar, las que deberán ser monitorizadas y trabajadas durante, al menos dos años posterior a la promulgación de la Ley, con el objeto de garantizar las prestaciones que tienen derecho por Ley 21.030.
Es en este periodo que se deberá consolidar lo instalado en la gestión Bachelet, mejorando los ámbitos que el proceso de monitoreo de la instalación indique, poniendo siempre en el centro las necesidades de las mujeres a las cuales se sospecha y confirma la constitución de alguna de las 3 causales, en el marco ya definido por la ley.
Las nuevas autoridades tienen el deber de cumplir y hacer cumplir las Leyes del país como autoridades del Estado. Esa es la esencia de un país democrático, el cómo respetamos las decisiones de las mayorías pese a las posturas diversas de las coaliciones e individuos. Sin lugar a dudas impone un desafío a la coalición de gobierno del Presidente Piñera.
EL ROL DE LAS MUJERES Y DE LA SOCIEDAD CIVIL
La voz y movilización de las mujeres fue imprescindible para concretar la Ley 21.030.
La voz y organización de las mujeres es ahora indispensable para permitir una adecuada implementación de la Ley, y que ésta no quede como letra muerta.
Las organizaciones de mujeres y de la sociedad civil adquieren un rol garante indispensable en este periodo de la historia del país.
Queda como gran desafío, trabajar por la construcción de una gran alianza transversal por los derechos sexuales y derechos reproductivos, y contra de la violencia de género en el país.
“ Una alianza de la sociedad civil donde estén presentes representantes de organizaciones de mujeres, partidos y movimientos políticos, grupos académicos, gremios y colegios profesionales, Colegio Médico de Chile, Colegio de matrón / as, y de justicia, agrupaciones de derechos humanos, organizaciones por un Estado Laico, entre otros actores”( 22).
REFERENCIAS:
ORIGINALES: Aborto: una problemática de derechos
1. DEIS-DIPLAS. Ministerio de Salud 2015, Presentación Ministerio de Salud Proyecto de Ley Cámara de Diputados marzo 2015
2. Gobierno de Chile. [ Internet ]. Junio
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Cuad Méd Soc( Chile) 2018, 58( 2): 73-82