Controlar y Cerrar Adquisiciones Grupo_104005_8_V10 | Page 14

14 701 Brickell Ave # 1550, Miami Efecto: El presente contrato surtirá efecto a partir de la fecha de su firma. Cesión del contrato: Las partes no pueden ceder, transferir ni delegar el presente contrato o alguna de sus obligaciones, ni subrogar a terceros en cualquier forma válida en derecho, ni gravar o hipotecar alguno de los derechos contemplados en el contrato, sin la previa conformidad escrita de la otra parte. Contrato completo: El presente contrato, incluidos los anexos que irán generando los documentos de requisitos con las firmas de aceptación de las partes, constituyen el total del contrato entre las partes sobre el objeto del mismo, y sustituye, deroga y deja sin efecto cualquier otro acuerdo referido al mismo objeto a que hubieren llegado las partes con anterioridad a la fecha de la firma. Nulidad o anulabilidad: La declaración de cualquiera de estas estipulaciones como nula, inválida o ineficaz no afectará a la validez o eficacia de las restantes, que continuarán vinculando a las partes. La renuncia de una parte a exigir en un momento determinado el cumplimiento de uno de los pactos acordados no implica una renuncia con carácter general ni puede crear un derecho adquirido para la otra parte. Exención de responsabilidad: ninguna de las partes será responsable por incumplimiento o retraso de sus obligaciones si la falta de ejecución o retraso fuera consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA. – SUMISIÓN Las partes contratantes, con renuncia de su propio fuero o del que pudiera corresponderles, en cuantas cuestiones o litigios se susciten del motivo de la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente acuerdo, se someten a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados de Barranquilla y sus Tribunales superiores. La ley aplicable será la colombiana. Y en prueba de conformidad ambas partes firman el presente, por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar indicado. DÉCIMOPRIMERA. – PRECIO El precio que la EMPRESA CLIENTE deberá abonar a la EMPRESA DESARROLLADORA por la realización de los Servicios objeto del presente Contrato es de US$ 4.837,12. Este precio no incluye los impuestos indirectos aplicables según la legislación del país de la EMPRESA CLIENTE. Dicho precio se establece de acuerdo con la descripción del Servicio y Honorarios del objeto del presente contrato. DÉCIMOSEGUNDA. – FORMA DE PAGO El Precio será abonado de la forma siguiente: DÉCIMOTERCERA. – VIATICOS Todos los gastos de desplazamiento en los que incurra la EMPRESA DESARROLLADORA (viajes, alimentos, comidas), necesarios para el cumplimiento del Contrato, serán por su cuenta.