Controlar y Cerrar Adquisiciones Grupo_104005_8_V10 | Page 13
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SÉPTIMA. - GARANTÍA
Una vez entregada y validada cada parte, se iniciará un periodo de garantía del correcto
funcionamiento y adecuación a los requisitos de rendimiento y calidad de 12 meses.
La garantía cubrirá el servicio de mantenimiento correctivo por parte de EMPRESA
DESARROLLADORA, con un tiempo de respuesta a las notificaciones de incidencias
inferior a las 3 horas laborables desde la notificación, y un tiempo de reparación acorde al
esfuerzo técnico necesario para su reparación.
La garantía no cubre operaciones de mantenimiento adaptativo o perfectivo.
OCTAVA. - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato quedará resuelto al producirse alguna de las siguientes causas:
a) Entrega y validación de la parte del desarrollo consignada como última en el contrato
de requisitos de dicha parte.
b) Por decisión de EMPRESA CLIENTE. Si la resolución por esta causa y la
comunicación a EMPRESA DESARROLLADORA se produjera a mitad de un ciclo
de programación, la resolución se llevará a cabo al finalizar el mismo.
c) Incumplimiento de las obligaciones correspondientes a cada parte. La resolución por
esta causa podrá dar lugar a indemnización por daños y perjuicios causados por el
incumplimiento.
d) Por hallarse cualquiera de las partes en un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor.
Si el contrato se resuelve anticipadamente sin producir la entrega del sistema de software en
su totalidad o en la forma dispuesta en este contrato, ambas partes colaborarán de buena fe y
en especial EMPRESA DESARROLLADORA para facilitar, bien la contratación de una
nueva entidad que dé continuidad a los trabajos, o bien para que EMPRESA CLIENTE pueda
continuar con los trabajos, y en cualquiera de los casos facilitar la transferencia del
conocimiento y subproductos generados.
A la resolución del contrato, EMPRESA DESARROLLADORA, con independencia de las
entregas parciales hayan realizado, entregará a EMPRESA CLIENTE todos los productos y
documentación del software producidos, con un sistema de clasificación y acceso que permita
identificar las versiones de cada componente conforme a cada versión del sistema construido.
NOVENA. - GENERAL
Personal: cada parte asume, a título exclusivo el carácter de patrono o empresario de su
personal empleado para la ejecución del presente contrato.
Interlocutores válidos: para llevar a cabo las comunicaciones necesarias durante la ejecución
del contrato se nombran como interlocutores válidos:
POR EMPRESA CLIENTE.
María Pérez Pérez
Cra 95 # 110 – 39, Barranquilla, Atlántico, Colombia
Teléfono: +57 5 3526748
POR EMPRESA DESARROLLADORA
Juan Vargas Vargas