Construyo 7.1. “Corte Interamericana de Derechos Humanos y Corte Pena CORTE INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS CONCLUYE Q | Page 3

Pese a esta advertencia Estados Unidos decidió proceder con la ejecución, alegando que la defensa no expreso un método alternativo que pudiera reducir ese sufrimiento.

La Comisión considera y de acuerdo a los parámetros de las obligaciones internacionales que Estados Unidos debe cesar la pena para evitar un sufrimiento irreparable y cruel, ya que esto puede causar violación de las normas internacionales.

Por tal motivo, la Comisión, sugiere a Estados Unidos Estados Unidos otorgar a Russell Bucklew una reparación efectiva y se le garantice que su detención sea compatible con su dignidad humana.

Para esta decisión la Corte le da 24 horas para informar sobre las medidas adoptadas para cumplir con la recomendación, ya en caso de la ejecución, se estaría violando los derechos básicos de la vida y se estaría en contraposición ce las obligaciones internacionales, siendo en único país que adopta medidas de pena de muerte.