Reseña:
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicita a Estados Unidos de América a suspender la ejecución del Señor Russell Bucklew, programada para el 20 de marzo de 2018 en el estado de Misuri, y a otorgarle una reparación efectiva.
“Estados Unidos está sujeto a las obligaciones internacionales derivadas de la Carta de la Organización de Estados Americanos desde que se incorporó a la OEA en 1951. En consecuencia, la CIDH le recuerda a E.U a respetar plenamente sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
La CIDH otorgó medidas cautelares para proteger la vida e integridad personal de Russell Bucklew el 20 de mayo de 2014. La solicitud de medidas cautelares fue presentada en el contexto de una petición sobre la presunta violación de derechos reconocidos en la Declaración Americana. A través de las medidas cautelares, la Comisión solicitó a Estados Unidos abstenerse de ejecutar la pena capital hasta tanto la CIDH tuviera la oportunidad de decidir sobre los reclamos de la peticionaria respecto de las alegadas violaciones de la Declaración Americana.”
La CIDH considera que Estados Unidos no puede imponer a pena de muerte toda vez que esta cause sufrimiento y dolor excesivo durante la ejecución y como el señor Russell Bucklew sufre una extraña enfermedad congénita que puede ocasionar más sufrimiento y dolor, por tanto se hace necesario que cese esa medida.
La Comisión considera y de acuerdo a los parámetros de las obligaciones internacionales que Estados Unidos debe cesar la pena para evitar un sufrimiento irreparable y cruel, ya que esto puede causar violación de las normas internacionales.
Por tal motivo, la Comisión, sugiere a Estados Unidos Estados Unidos otorgar a Russell Bucklew una reparación efectiva y se le garantice que su detención sea compatible con su dignidad humana.
Para esta decisión la Corte le da 24 horas para informar sobre las medidas adoptadas para cumplir con la recomendación, ya en caso de la ejecución, se estaría violando los derechos básicos de la vida y se estaría en contraposición ce las obligaciones internacionales, siendo en único país que adopta medidas de pena de muerte.