Conseguridad Numero 4 | Page 10

La protección de la masa trabajadora en nuestra industria, está enmarcada jurídicamente en nuestra Ley Orgánica de Prevención, Condición y Medio Ambiente de Trabajo principalmente, ciertamente están o le siguen otra leyes y normas que complementan la forma y manera en que el patrón debe de “ajustar”, “cambiar” y/o “variar” las estrategias que le permitan garantizar la seguridad de sus procesos a través de las garantías de seguridad de su personal. Sin embargo, visto los acontecimientos de la situación país por la atravesamos actualmente, muchos de ellos (los patronos) están tomando en consideración, bajar los índices de gastos e inversión para poder sostener la carga productiva y garantizar la rentabilidad de la organización. Sin embargo es de recordar que la seguridad y salud de los trabajadores está contemplada en nuestra Constitución y como tal es innegociable su aplicación; pare ello es necesario que los empresarios se apoyen en las políticas globales sobre seguridad y salud en el trabajo para que puedan ir implementando un modelo de cultura corporativa y les permita gestionar, eficazmente, los riesgos operativos y mejorar el rendimiento.

El reto está en la aplicación de estas políticas que incluyan de manera coercitiva organización, planificación, aplicación evaluación y auditorias obviamente en la base de la capacitación continua con el objetivo de mejorar la metas, anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar al “mástil” de la organización, Los Trabajadores. Estoy seguro que la tarea no es fácil, no obstante este reto nos plantean situaciones difíciles de cumplir lo que se tendrían que enfrentar a los “ordenamientos” emitidos por el ente rector (Inpsasel), lo que obligaría (para evitar sanciones administrativas), a direccionar esfuerzo económico y físico para hacer los cambios previstos pudiendo afectar el crecimiento de la cultura corporativa en materia de seguridad y salud en el trabajo.