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LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN PROCESAL
Por: Juan Ramón Araujo López
Por regla general, se
consideran medios de
impugnación a un conjunto
de mecanismos procesales
cuya finalidad es revisar la
validez de las resoluciones
judiciales y tomando en
cuenta que existen tres
tipos de ellas, a saber, los
decretos, los autos y las
sentencias y tomando en
cuenta el principio de
taxatividad de los recursos,
dependerá del tipo de
resolución a impugnar, el
recurso específico que
procederá en cada caso.
Sin
embargo,
existen
mecanismos que de igual
forma
sirven
para
impugnar actos procesales
sin
ser
resoluciones
judiciales
de
las
contempladas en el Art.
212 del Código Procesal
Civil y Mercantil.
En principio la impugnación
busca uno de los siguientes
efectos: a) Anulación; b)
Sustitución; o c) Ejercicio
de un control procesal.
En el Código Procesal Civil y
Mercantil existen una
diversidad de medios de
impugnación, que no son
recursos, de los cuales
enumeraremos
algunos
cuantos a continuación:
IMPUGNACIÓN DE LA
CADUCIDAD
DE
LA
INSTANCIA: Declarada la
caducidad de la instancia
conforme
a
las
disposiciones anteriores, y
notificada que sea, la parte