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LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN PROCESAL Por: Juan Ramón Araujo López Por regla general, se consideran medios de impugnación a un conjunto de mecanismos procesales cuya finalidad es revisar la validez de las resoluciones judiciales y tomando en cuenta que existen tres tipos de ellas, a saber, los decretos, los autos y las sentencias y tomando en cuenta el principio de taxatividad de los recursos, dependerá del tipo de resolución a impugnar, el recurso específico que procederá en cada caso. Sin embargo, existen mecanismos que de igual forma sirven para impugnar actos procesales sin ser resoluciones judiciales de las contempladas en el Art. 212 del Código Procesal Civil y Mercantil. En principio la impugnación busca uno de los siguientes efectos: a) Anulación; b) Sustitución; o c) Ejercicio de un control procesal. En el Código Procesal Civil y Mercantil existen una diversidad de medios de impugnación, que no son recursos, de los cuales enumeraremos algunos cuantos a continuación: IMPUGNACIÓN DE LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA: Declarada la caducidad de la instancia conforme a las disposiciones anteriores, y notificada que sea, la parte