CONFRONTACIONES XIII XIII EDICION CONFRONTACIONES | Page 10
recurrir, es decir, no se dice
en la ley que es la parte
derrotada
dentro
del
proceso
quien
podrá
recurrir, aun que se pueda
creer que así es lo lógico,
simplemente lo puede
hacer a cualquiera de ellos
a quien le resulte un
agravio; así se regulaba en
el
código
de
procedimientos civiles y así
es en el Código Procesal
Civil y Mercantil.
¿Cómo se regulan los
recursos en el Código
Procesal Civil y Mercantil?
Básicamente los recursos
están organizados de forma
jerárquica, pero obedecen
a un principio de legalidad,
es decir, que es el
legislador el que dispone
qué clase de recurso
procede en cada caso
específico, de tal manera
que
procediendo
solamente recurso de
revocatoria, no se podrá
interponer otro recurso
sino el de revocatoria.
Los
recursos
están
regulados en el Libro
Cuarto del Código Procesal
Civil y Mercantil, bajo el
epígrafe “LOS MEDIOS DE
IMPUGNACIÓN” y a parte
de disponer de un par de
artículos relativos a reglas
básicas sobre recursos,
como reglas generales y la
prohibición
de
la
reformatio in peius, se
limita a los recursos,
ordinarios
y
extraordinarios, por lo que
algunos incurren en el
error de interpretación más
común, que los recursos
son los únicos medios de